Tribunales

Los jurados de Sevilla siempre declaran culpable

La mayoría de las vistas celebradas por un tribunal popular fueron por homicidio o asesinato

Un juicio en la Audiencia de Sevilla ABC

MERCEDES BENÍTEZ

La Audiencia de Sevilla celebró durante el pasado año 2017 un total de 14 juicios con jurado una cifra que supone que se mantiene la estabilidad ya que es el mismo número que los que tuvieron lugar en el año 2016. El dato supone la celebración de algo más de un juicio con jurado al mes (teniendo en cuenta que en el mes de agosto no hay juicios).

Según las cifras que maneja la secretaría de la oficina del jurado que dirige Luis Revilla , de los juicios con jurado celebrados el pasado año, nueve fueron por delitos de homicidio o asesinato, uno por malversación de caudales público, dos por delitos de cohecho y uno por un delito de fraude y exacciones ilegales.

En cuanto a la forma en la que terminaron, de los catorce celebrados, trece acabaron con un veredicto de culpabilidad frente a uno que se declaró extinguido porque murió el procesado antes de que finalizara el juicio.

En cuanto a este año 2018 ya se han celebrado dos juicios con jurado y la oficina tiene cubierto todo el mes de febrero y hasta abril ya que en marzo no está previsto que haya vistas por la Semana Santa. De hecho, el pasado viernes comenzó otro juicio con jurado, en este caso, por un supuesto delito de homicidio.

La evolución de los últimos años ha sido muy variable n cuanto a juicios con jurado se refiere. En 2010 se celebraron 9 juicios, en el año 2011 fueron 16, en 2012 tuvieron lugar 20, en 2013 fueron 19, en 2014 hubo 8 y en 2015 fueron 6. Eso supone que, desde el año 2010 se han celebrado en Sevilla 106 juicios con jurado .

El tribunal del jurado es una institución regulada en la Ley Orgánica 5/1995 de 22 de mayo que tiene competencia para enjuiciar una serie de delitos, de poca complejidad jurídica, tasados en esa normativa y que está formado por personas que no son expertas en Derecho. Los nueve miembros del jurado son elegidos por sorteo realizado entre las personas inscritas en el censo electoral.

Para ser jurado hay que ser mayor de edad, encontrarse en pleno ejercicio de los derechos políticos , saber leer y escribir, ser vecino de cualquiera de los municipios de la provincia en que el delito se hubiere cometido y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función

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