Multirreincidente

Condenado a seis años de cárcel por estafar 75.000 euros en la compra de pollos y embutidos

La Audiencia señala que los dos acusados trazaron un plan para hacerse con más de 37.000 kilos de productos y venderlos más baratos a comercios de Utrera y Los Palacios

Fachada del Palacio de Justicia, sede de la Audiencia de Sevilla Manuel Gómez

Jesús Díaz

La Audiencia Provincial ha condenado a Miguel Ángel S.C. a seis años de prisión y a Antonio C.C. a dos años y medio de prisión por trazar un plan para estafar a la empresa sevillana Santa Clara Alimentación, dedicada a suministrar género alimentario, a la que hicieron ocho pedidos de unos 37.000 kilos de pollos, quesos y embutidos ibéricos , con un valor de casi 75.000 euros .

La diferencia en la pena impuesta tiene una explicación, a pesar de que ambos encausados tienen antecedentes penales. Miguel Ángel S.C., de 53 años de edad, ha sido condenado doce veces por estafa y una más por apropiación indebida. La última en 2016.

A principios de noviembre de 2016 , los acusados «trazaron y ejecutaron de común acuerdo un plan»: estafar a la empresa Santa Clara Alimentación haciéndose pasar por trabajadores de una empresaria dedicada a la venta de jamones y quesos , proporcionando incluso el NIF de la misma. La mercancía adquirida y nunca abonada fue vendida a comercios y carnicerías de Utrera y Los Palacios.

Desde un teléfono, cuyo usuario era Miguel Ángel S.C., uno de los dos acusados o una tercera persona a su instancia contactó con el encargado de la mercantil interesando realizar pedidos de pollos, quesos y embutidos ibéricos. Para aparentar solvencia, la persona que llamó por teléfono, diciendo llamarse Manuel , manifestó ser empleado de una empresaria del sector.

Una vez comprobado, a través de su aseguradora, que dicha empresaria era « solvente, de gran crédito y prestigio en el sector », el administrador de Santa Clara de Alimentación autorizó la operación, empezando a servir los pedidos que los acusados iban efectuando, hasta un total de ocho entre el 9 de noviembre y el 1 de diciembre de 2016 por importe conjunto de 74.999,98 euros .

Los pedidos se entregaban en una nave del Polígono Industrial «La Chapa» del pueblo sevillano de Los Molares , donde los recibía Antonio C.C. y los cargaba en una furgoneta, estando presente en alguna ocasión el otro acusado. A medida que iban recibiendo las mercancías, Antonio C.C. las ofertaba y vendía a diversas carnicerías de Utrera y de Los Palacios , cuyos dueños abonaban el género, apropiándose los acusados de su importe.

Cuando los responsables de Santa Clara de Alimentación pretendieron cobrar los productos entregados, Antonio C.C. ofreció evasivas , y quien se hacía llamar Manuel dejó de responder al teléfono, sin que hasta la fecha la empresa suministradora haya percibido cantidad alguna por los ocho pedidos.

Numerosas pruebas

Tras la celebración del juicio el pasado 30 de abril, el tribunal considera « inequívocamente acreditados » los hechos, sobre todo, por las declaraciones de testigos y la prueba documental, aportándose las facturas falsas elaboradas por los acusados para vender el género.

Precisamente, la Sala señala que los dos condenados también podrían haber cometido un delito de falsedad en documento mercantil, pero no estaban acusados por ello.

Antonio C.C., en su declaración, admitió que trabajó para el otro acusado descargando y repartiendo la mercancía y que, a veces, cobraba las facturas. Sin embargo, descargó toda la responsabilidad de los hechos sobre Miguel Ángel S.C., quien negó toda relación con la estafa . Negó haber realizado pedidos, negó haber estado en la nave y haber presenciado incluso las descargas de mercancías, negó haber estado en las carnicerías y negó ser titular del teléfono del que realizó los encargos un tal Manuel.

Sin embargo, para la Sección Séptima de la Audiencia numerosas pruebas incriminan directa e indirectamente a ambos. « Sin margen de dudas razonables ».

Por todo ello, han sido condenados a dos años y medio y seis de prisión Antonio C.C. y Miguel Ángel S.C., respectivamente, por un delito de estafa agravada. Además, tendrá que pagar una multa de 1.440 y 2.160 euros cada uno. Y de manera solidaria y conjunta indemnizar a Santa Clara Alimentación en unos 75.000 euros más intereses.

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