Alertan de la competencia desleal de las gasolineras desatendidas

La presidenta de APES, Beatriz Lacañina, recuerda que «deben cumplir la normativa»

En las estaciones desatendidas se limita el tiempo de cada suministro a tres minutos ABC

Pedro Ybarra Bores

Beatriz Lacañin a preside la Asociación Provincial de Empresarios de Estaciones de Servicio (APES) , asociación patronal creada en 1977 que representa los intereses de en torno a un centenar de gasolineras en Sevilla. Desde enero de este año, dicha asociación se integró en Fedeme con el objetivo de mejorar y profesionalizar la entidad, que también pertenece a FEDAES (Federación Andaluza de Estaciones de Servicio) y a CEEES (Confederación Nacional de Estaciones de Servicio), lo que aporta una representatividad a nivel nacional que permite mantener una buena interlocución con las administraciones estatales. Desde hace tiempo vienen librando su principal batalla contra la «competencia desleal» de las gasolineras desatendidas.

Todas las estaciones deben atenerse al cumplimiento de la Ley. En este sector en concreto «no son pocas las leyes a las que se debe atender. Entre otras, la Ley 34/1998 del sector de hidrocarburos; el RD 1905/1995 para la distribución al por menor de carburantes en instalaciones de venta al público; la ley 11/2013 de medidas de apoyo al emprendedor o el Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 «Instalaciones para suministro a vehículos». Este conjunto de leyes estatales regula las obligaciones técnicas que debe cumplir una instalación, ya sea de manera desatendida o atendida por personal. « La cuestión es que hay muchas de estas obligaciones que no se pueden cumplir si la estación no dispone de personal » (hojas de reclamaciones, instrumentos de medición, etc.), añade.

Control de la seguridad

«No disponer de personal tampoco permite el control de la seguridad de la instalación ya que nadie controla si se fuma en ella, si el cliente reposta con las luces encendidas o si habla por teléfono mientras se reposta. De igual manera, tampoco se pueden controlar los derrames de carburante en la pista, que pueden provocar incendios y contaminación. Este control no es solo una cuestión de seguridad a elección del empresario, sino que están obligados por Ley a cumplirlo y las estaciones desatendidas no lo cumplen porque no tienen personal. En Andalucía existe el decreto 537/2004 sobre los derechos de los consumidores y usuarios que recoge que todas las estaciones de servicio están obligadas a tener personal en horario diurno, de 6 a 22 h. para garantizar la protección de los consumidores».

Se considera estación atendida siempre y cuando estén atendidas en horario diurno, desde las 6 de la mañana hasta las 10 de la noche , aunque tengan cajero automático. «Hay estaciones desatendidas que no tienen personal nunca y otras en las que tienen a un responsable que atiende algunas horas al día. Tenemos una lucha importante contra las estaciones de servicio desatendidas, porque aunque existe una norma que deben cumplir todas las estaciones, no todas la cumplen o incluso desde la administración no se hace cumplir», afirma Lacañina.

Según el Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 «Instalaciones para suministro a vehículos» y se regulan determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones petrolíferas, en el apartado 6.3.1.4, se entiende como operaciones desatendidas, «aquellas en las que los consumidores se sirven ellos mismos y no hay ningún personal de la propiedad presente en el recinto de la instalación. Este modo de actuación implica la colocación de uno o más terminales de pago que pueden aceptar billetes, tarjetas bancarias u otro sistema de identificación electrónica.

Obligaciones legales

«Estamos intentado que todos nuestros asociados comprueben que las estaciones cercanas a las suyas cumplen todas las obligaciones legales. Gracias a nuestro trabajo en los juzgados españoles, a través de CEEES, la Confederación Nacional de estaciones de Servicio, hemos conseguido limitar los repostajes en las estaciones desatendidas por temas de seguridad. Actualmente un vehículo que reposta en una estación sin personal no puede repostar más de 75 litros, ni podría estar más de tres minutos , lo que se traduce en que no podrían repostar camiones y significaría que el cliente a los 75 litros tiene que cortar aunque tenga un tanque de mayor capacidad», dice.

El Tribunal Supremo desestimó a principios de año los recursos que habían interpuesto contra nueva ITC-04 Cooperativas Agroalimentarias de España y la Asociación de Estaciones de Servicio Automáticas (AESAE). Ambas pedían en sus recursos que el TS anulara la limitación a 75 litros y tres minutos en el suministro de carburante recogida por la ITC-04. El Supremo, en dos sentencias diferentes, hace suyos los argumentos de CEEEs y desestima los recursos tanto de cooperativas como de gasolineras desatendidas y mantiene intacta la redacción de la ITC-04, que prohíbe realizar repostajes en régimen desatendido de más de 75 litros o que excedan los tres minutos de duración. «Tras las victorias judiciales, continuaremos defendiendo una competencia leal en el sector del carburante», afirma Lacañina.

Narcolanchas

«En muchos reportajes televisivos hablan de las estaciones desatendidas como algo muy beneficioso para el cliente. A nivel precio lo es, porque han hecho que los precios de ciertas estaciones bajen. Es cierto, pero en el tema de seguridad ciudadana hay un peligro, porque ahí en una estación desatendida no hay nadie que controle si estás fumando o no, si las luces están encendidas mientras repostas, si el carburante que reposta tiene como destino una narcolancha, nadie pregunta si un envase está homologado o no, etc. Concretamente con el tema de las narcolanchas estamos colaborando mucho con la Policía Nacional», concluye.

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