TRIBUNALES
Condenada a prisión una notaria de Jerez por cometer fraude en una subasta de la conservera El Rey de Oros
La Audiencia de Cádiz condena a esta profesional, que ya no ejerce en la ciudad, a dos años y tres meses de cárcel por engañar a unos licitadores que optaban a una nave y que ingresaron 70.000 euros en una cuenta de esta profesional que tenía intervenida por deudas
Una notaria de Jerez, acusada por segunda vez por la Fiscalía
M. Almagro
Una notaria de Jerez ha sido condenada por la Audiencia Provincial de Cádiz a dos años y tres meses de prisión y a inhabilitación tras haber sido declarada culpable por un jurado popular por los supuestos engaños que esta profesional habría cometido a la hora de gestionar la subasta de una nave de la conocida conservera barbateña Rey de Oros, ya extinta.
Según reproduce la sentencia, que no es firme ya que cabe recurso ante el TSJA y a la que este periódico ha tenido acceso, los hechos se remontan a 2018 cuando la acusada, E. V., era notaria en la ciudad y se hizo cargo de la subasta pública que el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz dictó por el procedimiento concursal para la liquidación de bienes de Conservas Rey de Oros S. L. Entre esos bienes se incluía una nave industrial.
De esta forma, la procesada -que ya no ejerce en la localidad- celebró la subasta de esta nave el 16 de marzo de 2018 y decidió hacerlo de forma presencial, en su notaría situada en Jerez. Como responsable de tal subasta exigió a los interesados en participar en ella el ingreso de 70.324,86 euros como garantía, con el compromiso de que en el caso de no ser aceptada su oferta se procedería a la devolución en el plazo de diez días desde el cierre del acta.
De esta forma los dos licitadores no adjudicatarios que se presentaron ingresaron 35.462,43 euros y 34.862,43 euros respectivamente y así sumaron los 70.324,86 euros requeridos.
Ese dinero -cuenta el fallo- fue ingresado en la cuenta bancaria indicada por la procesada que era titular de dicha cuenta. Según la sentencia, la notaria sabía ya entonces «de que tenía numerosas deudas por un importe muy superior a esa cantidad y también sabía que quienes reclamaban esas deudas habían iniciado procedimientos judiciales contra ella que podían dar lugar a que los 70.324,86 euros fueran destinados al pago de esas deudas».
La oferta que habían realizado en la subasta esos dos licitadores no fue finalmente la más elevada, pues otra sociedad ofreció más dinero que ellos. De este modo al no ser los adjudicatarios reclamaron a la procesada la devolución del dinero que habían aportado. Fue entonces cuando la acusada alegó que no podía cerrar el acta de la subasta presencial y que por ello no podía devolvérselo.
La procesada solicitó al Juzgado de lo Mercantil que decidiese sobre el cierre del acta de la subasta indicándole que no era competente. Al tiempo presentó telemáticamente en el Registro de la Propiedad de Barbate una copia electrónica del acta de la subasta pero se denegó su inscripción a lo que ella recurrió.
Mientras los dos afectados seguían reclamando su dinero, los 70.000 euros, la notaria les continuaba alegando que no podía por la falta de cierre de la subasta y la existencia de discrepancias sobre lo ocurrido con los bienes subastados. De esta forma el dinero sirvió para abonar deudas que tenía contraídas la procesada y que ella «aceptó». El dinero fue devuelto años después pero por la compañía aseguradora de la responsabilidad civil de la notaria.
Como indicó el jurado en su veredicto por el delito de apropiación indebida, E. V. «fue consciente de que los 70.324,86 euros habían sido ingresados, por indicación suya, en una cuenta en la que tenía un descubierto de más de 150.000 euros. Y también fue consciente de la no devolución a sus propietarios de esos 70.324,86 euros cuando la retención de ese dinero había dejado de tener objeto, una vez celebrada la subasta y aceptada la oferta de otro postor».
Por estos hechos el tribunal condena a la procesada como autora de un delito de apropiación indebida agravado por el valor de la defraudación a una pena de dos años y tres meses de prisión. Además a una pena de multa de 7 meses y 15 días, con cuota diaria de 20 euros. Y a otra pena de inhabilitación especial para el ejercicio del cargo público de notario durante el mismo plazo de dos años y tres meses. Contra el fallo cabe recurso.
Se da la circunstancia que esta misma notaria ya fue procesada por un supuesto fraude de unos 900.000 euros por haber engañado presuntamente a un inversor para un proyecto en el que nunca invirtió. De esa causa resultó absuelta. Además en cuanto a esta causa de la conservera Rey de Oros mantiene otro procedimiento abierto en el que ha sido acusada del mismo modo por los adjudicatarios. Ese juicio está pendiente de celebrarse.
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