ESPARTINAS

Archivada la causa por la que resultó investigado el exalcalde de Espartinas José María Fernández

Las diligencias derivan de una denuncia del PP y motivaron que el exregidor de Ciudadanos renunciase a la Alcaldía

La causa por la que fue investigado el exalcalde de Espartinas ha sido archivada ABC

ABC

El Juzgado Mixto número tres de Sanlúcar la Mayor ha archivado la causa incoada en 2015, por las anomalías detectadas en las contrataciones acometidas por el Ayuntamiento de Espartinas con cargo al programa autonómico de Ayudas a la Contratación de personas en exclusión social.

En la causa figuraba como investigado el concejal de Ciudadanos José María Fernández , quien ostentaba la Alcaldía de Espartinas hasta renunciar a la misma precisamente por su imputación en este caso.

En un auto emitido el pasado 31 de enero y recogido por Europa Press, el Juzgado número tres de Sanlúcar retoma estas diligencias abiertas en 2015 a cuenta de una denuncia promovida por el Grupo popular del Ayuntamiento de Espartinas a comienzos del vigente mandato, cuando la Alcaldía estaba en manos de José María Fernández (Cs), tras haber ganado las elecciones de aquel año por mayoría simple.

El asunto partía de una vecina que se había declarado «en huelga de hambre» al considerarse «injustamente discriminada» en las contrataciones temporales promovidas por el Ayuntamiento, con cargo al Programa de Ayudas a la Contratación de personas en situación de exclusión social, impulsado por la Junta de Andalucía pero canalizado mediante los consistorios.

Según manifestaba esta vecina a Europa Press, en la selección de personas beneficiadas por los contratos , realizada por los servicios sociales comunitarios del Ayuntamiento, había «podido haber alguna irregularidad», porque ella «siempre» había estado «en los cinco primeros puestos» a la hora de la clasificación de las personas más necesitadas del municipio, si bien en aquella ocasión había quedado «fuera» de la selección.

El Gobierno municipal, según ella, había «reconocido que no se había seguido todo el protocolo» en el procedimiento de selección, defendiendo el Equipo de Gobierno, de su lado, que las contrataciones fueron fruto de la selección de los servicios sociales municipales sin «intromisión» alguna.

Período de alegaciones

Tras revisar el procedimiento de selección, no obstante, el Ayuntamiento acordó «retrotraer» dicho proceso «hasta el momento en el cual debería haber sido abierto un periodo de alegaciones», con lo que las 18 contrataciones entonces ya formalizadas quedaron canceladas hasta la resolución del citado trámite de alegaciones.

Frente a ello, el PP elevó el caso a los tribunales entendiendo que «el gobierno local realizó 18 contrataciones a sabiendas de que el propio secretario de la corporación advertía en un informe de que se retrotrayeran las actuaciones, pues no se habían respetado los plazos de alegaciones ».

La denuncia del PP ocasionó la apertura de diligencias previas por parte del Juzgado número tres de Sanlúcar, que resolvió investigar al entonces alcalde José María Fernández, de Ciudadanos.

Tal extremo motivó que Fernández renunciase a su condición de alcalde , si bien continuó como concejal en el Consistorio, actualmente regido por su compañera de filas Olga Hervás.

Pues bien, lo cierto es que en este auto de fecha 31 de enero, la citada instancia judicial considera que «se han practicado todas las diligencias necesarias» y según la doctrina, « no basta la mera arbitrariedad o ilegalidad en la resolución administrativa para estar ante un delito de prevaricación , sino que es necesario que la autoridad o funcionario público actúe con conocimiento o voluntad de ocasionar un resultado manifiestamente injusto».

Y sobre esa base, según la juez que firma este auto, «no existen indicios de que los investigados actuaran movidos por dicho interés», pues el propio secretario general del Ayuntamiento habría reconocido que «se expusieron las razones de la actuación ante la comisión y se siguieron los informes que al respecto dio para el cumplimiento de la regulación».

Por ello, la juez no ve «debidamente justificada la perpetración del delito» denunciado, ordenando el archivo provisional de la causa .

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación