Un tributo sin objeto
«El fundamento del Impuesto Jurídico de Actos Documentados no es el de gravar las manifestaciones de riqueza que puedan revelar determinados actos jurídicos formalizados documentalmente, sino el de exigir una compensación por el beneficio que representa el obtener dichos actos una especial protección del ordenamiento jurídico, gracias a su formalización documental»
Un apreciado colega de formación predominantemente económica, me expresaba hace algún tiempo sus reservas respecto a los cultivadores de la ciencia del Derecho del modo siguiente: «Se pasan la vida indagando la naturaleza jurídica de las instituciones... ¡Y como nunca la encuentran!». Sin embargo, si ...
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