Editorial ABC

Sentencias que interpretan

El Tribunal Constitucional no debe tardar una década en despejar las dudas sobre una ley, sea la de educación en Cataluña o la del aborto, aún sin resolver

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El Tribunal Constitucional ha tardado diez años en resolver el recurso que el Partido Popular presentó en 2009 contra la Ley de Educación de Cataluña. Una demora de tal envergadura, por muchas explicaciones que se ofrezcan para atenuar la dilación, es incompatible con el principio de seguridad jurídica que rige en un Estado de Derecho. Si la Constitución es la norma suprema del Estado y todas las leyes deben ser conformes a ella, el Tribunal Constitucional no debe tardar una década en despejar las dudas sobre una ley, sea la de educación en Cataluña o la del aborto, aún sin resolver.

Además, el resultado de la sentencia que ayer se hizo pública tampoco justifica una década de retraso. La unanimidad de los magistrados se ha conseguido con una resolución que se remite a sentencias anteriores, como la del Estatuto de 2006 o la de la Lomce. Y para los aspectos más conflictivos ha optado por anular algunos artículos -diez, en total- y someter otros a esa práctica tan poco recomendable de la «sentencia interpretativa», que no hace sino introducir en la mayoría de las ocasiones más confusión que claridad.

El TC limitó el problema, tal y como le planteaba el PP, a una posible usurpación de competencias estatales por la Generalitat de Cataluña. Desde esta perspectiva, la sentencia no aborda vulneraciones de derechos fundamentales de los ciudadanos. Sin embargo, la complejidad de la situación en el sistema educativo catalán, tanto en relación con el bilingüismo como en relación con los conflictos de competencia con el Estado, requiere respuesta sencillas y diáfanas a partir de lo que dicen las normas impugnadas. Las sentencias interpretativas acaban dando el visto bueno no a lo que dice la ley, sino a la interpretación que hace el propio TC para salvar la constitucionalidad de un texto que literalmente no respeta la Constitución. El TC da demasiado por hecho que los silencios de la ley catalana sobre el castellano no excluyen la capacidad del Estado para intervenir en su protección. La experiencia demuestra todo lo contrario: son los silencios de las leyes catalanas sobre los derechos de las familias que quieren educar a sus hijos en el bilingüismo y sobre el respeto al Estado lo que nos ha llevado a la actual situación.

En Cataluña no se cumplen las sentencias del Tribunal Supremo sobre bilingüismo. Para las familias que quieren educación en castellano ejercer sus derechos en los colegios es un riesgo de marginación y señalamiento. El adoctrinamiento nacionalista está presente en todos los rincones de la enseñanza. El TC está respondiendo eficazmente al desafío separatista llevado a su límite ilegal y delictivo, pero las bases de ese desafío también necesitan la réplica de sentencias inequívocas y directas, no interpretativas.

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