EDITORIAL

Pulso al Supremo

Josep Rull en el Palamento de Cataluña el pasado mes de marzo Inés Baucells

ABC

La excarcelación ilegal de Josep Rull -en prisión provisional y acusado ante el Tribunal Supremo por un delito de rebelión- para ver a su hijo en el hospital es un episodio muy expresivo del trato privilegiado que reciben los dirigentes separatistas encarcelados. El caso concreto, sin duda, mueve a la empatía con Rull, pero el problema radica en que la directora de la cárcel de Lledoners tomó una decisión ilegal que justifica, sin quererlo, la intención de la Sala Segunda del Supremo de reclamar al Ministerio del Interior el traslado de los presos preventivos a Madrid con antelación suficiente al inicio del juicio oral. Ahora se ha visto hasta qué punto la administración penitenciaria catalana constituye un elemento más del entramado público al servicio de los separatistas. Sólo el Alto Tribunal podía decidir la excarcelación temporal de Rull; ni el juzgado de guardia, que se abstuvo, ni la dirección del centro penitenciario tenían competencia para acordar la salida. Tampoco las razones «de urgencia» alegadas por la directora de la prisión de Lledoners la habilitaban para tomar esa decisión, reservada en todo caso para los presos que están cumpliendo condena, no para los preventivos. Esta polémica actuación puede tener, o no, consecuencias jurídicas en los próximos días, pero lo inmediato es el precedente que se ha creado. Muchos presos preventivos no pueden atender situaciones como la que afectó a Rull, por más que el sistema legal busque armonizar la seguridad del proceso con el trato humanitario, sin sentimentalismos tramposos.

Se acerca el juicio oral contra los responsables del «procés» y es probable que aumenten los episodios de victimización de los acusados en prisión provisional, pero conviene no olvidar que están en la cárcel por haber dado un golpe violento contra el Estado, la Constitución y la unidad nacional.

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