EDITORIAL ABC

El objetivo del 1-O fue la Constitución

Europa -la judicial y la política- ampara a España en sus decisiones de proteger el orden constitucional. Lo mismo que hacen los fiscales de la Sala Segunda del Tribunal Supremo

EFE

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El mismo día en que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos cortaba el paso al separatismo catalán, se conoció la decisión de la Fiscalía del Tribunal Supremo de mantener la acusación por rebelión, sin rebajarla a delitos más leves como el de sedición. El criterio de los fiscales es que la prueba practicada confirma que el movimiento separatista utilizó la violencia para lograr su objetivo secesionista. La creencia de que el delito de rebelión castiga la declaración de independencia es absolutamente errónea. Lo que castiga es el uso de la violencia para lograr la separación de una parte del territorio nacional. Este delito no exige que este propósito se logre, porque si la independencia se produce, no sería posible juzgar a sus autores.

Para los fiscales del Tribunal Supremo, el objetivo de esa violencia era el mismo que el del referéndum del 1-O: atacar la Constitución, derogándola en Cataluña y rompiendo la unidad de España. La fuerza del Estado democrático es legítima y la fuerza contra el Estado democrático, ilegítima. Hubo violencia porque se empleó la fuerza contra los cuerpos policiales para facilitar la celebración de votaciones ilegales, prohibidas y antidemocráticas, con las que se pretendía crear una dinámica de acciones que desembocara en la independencia. No fue la «revolución de las sonrisas», sino un golpe contra el Estado en el que sus diversos autores desempeñaron papeles distintos con el denominador común de conocer, consentir y propiciar una violencia masiva contra los cuerpos policiales, con la forma de agresiones, acosos y obstrucción.

Tiene razón la Fiscalía para ratificarse en una acusación que da por hecho que el objetivo de los acusados era la Constitución. En otro ámbito y con otra perspectiva, es lo mismo que ha planteado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ayer hizo pública una sentencia que rechaza la demanda de Carme Forcadell contra el Tribunal Constitucional español. El TC prohibió la celebración de un pleno del Parlamento catalán convocado fraudulentamente para el 9 de octubre. Ahora, los jueces de Estrasburgo reconocen que aquella prohibición fue legítima porque buscaba «el mantenimiento de la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades». Esta sentencia, más allá del caso concreto, ofrece una jerarquía de valores, desde la perspectiva europea, que resulta incompatible con las pretensiones separatistas. El nacionalismo ha mentido mucho sobre Europa, pero ahora ya sabe que Europa -la judicial y la política- ampara a España en sus decisiones de proteger el orden constitucional. Lo mismo que hacen los fiscales de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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