LA GUERRA DEL DIÉSEL / LEGALIDAD

Según expertos en leyes prohibir el diésel coarta la libertad de los consumidores

Si se impide circular de forma generalizada a vehículos ya matriculados se estaría yendo en contra del principio de irretroactividad de las normas recogido en la Constitución Española

Patxi Fernández

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La intención de la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera , de plantearse «señales fiscales y regulatorias» encaminadas a la prohibición del diésel, y acompañar a los gobiernos municipales «en ese proceso de cambio» de la movilidad podría tener más de declaración política que de realidad plasmable , ya que legalmente restringir la venta de diésel, de coches que utilizan este combustible, o impedir su circulación puede tgener algunas trabas legales, según fuentes consultadas por ABC .

Así, María Benito, abogada de Bufete Prolegue cree que «no puede sin más prohibirse o restringirse la circulación, se debería fijar una fecha a medio plazo para que fabricantes y distribuidores puedan realizar los ajustes pertinentes , determinar en qué niveles de contaminación podrán o no circular según qué tipos de vehículo y actuar igualmente de manera armonizada coordinándose los diferentes estados de la UE».

Las intenciones de Teresa Ribero no son las únicas que avanzan una posible prohibición del diésel. En las Islas Baleares su Gobierno autonómico, presidido por Francina Armengol (PSOE) , presentará en pocas semanas en el parlamento regional una legislación que contempla prohibir los vehículos diésel en 2025 y los gasolina en 2035.

Por lo tanto estas medidas no afectarían únicamente a las futuras ventas de nuevos vehículos, sino que afectaría a los vehículos antiguos, yendo en contra del principio de irretroactividad de las normas recogido en el artículo 9.3 de la Constitución Española, según aclara María Benito . Este principio se asienta en «los deseos de certeza y seguridad jurídica y el respeto de los derechos adquiridos y a las situaciones jurídicas beneficiosas» (sentencia del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 1984), con la consecuencia de que la interpretación de las normas de derecho transitorio han de realizarse en sentido restrictivo y, por tanto, sin extender los términos legales a situaciones no contempladas.

Así, sin perjuicio del desarrollo legal que pretenda hacerse a nivel estatal, «restringir o prohibir la circulación de vehículos diésel sería una medida discriminatoria atentando con las expectativas de millones de usuarios que hubieran adquirido vehículos diésel legalmente». Estas personas se verían por lo tanto impedidas de usar, disfrutar o disponer de bienes de su propiedad, coartando la libertad de los consumidores.

Por su parte, Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) , no duda tampoco en mostrarse sorprendido ante la situación: «Las declaraciones de la ministra nos han parecido imprudentes que, además, han provocado una catástrofe en el mercado tanto de ocasión como en el caso del diésel». «Se trata de una afirmación en la que no se plantea cuál es la hoja de ruta que tiene el Gobierno ni sus planes de reconversión. Todos estamos de acuerdo en que hay que luchar contra las emisiones, pero también se debe establecer un período de transitoriedad y no crear una alarma social como esta», añade.

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