SEGURIDAD VIAL

La nueva ordenanza municipal de Carmena pone en peligro a los ciclistas

Las bicis podrán saltarse los semáforos en rojo y circular en ambos sentidos de la marcha en las calles residenciales

ABC.es

La nueva ordenanza junicipal de Movilidad de Madrid recoge, en sus líneas masestras, una serie de actuaciones y normativas para el uso de bicicletas en la ciudad. Entre las nuevas normas, queda permitido que los ciclistas, en cruces semaforizados y siempre que exista señalización que así lo indique, crucen la línea de detención estando el semáforo en fase roja para realizar el giro a la derecha siempre y cuando se respete la prioridad del resto de usuarios. Por lo tanto, no será posible cruzar la línea de detención en otros casos.

Esta «ventaja» para los ciclistas puede convertirse, en la práctica, en un arma de doble filo, ya que al permitirse a las bicicletas cruzar un semáforo en rojo, aumentan las posibilidades de tener un accidente con un vehículo motorizado que circule de forma correcta, y que no sea consciente de que la bicicleta está pasando un semáforo rojo de manera legal.

En caso de accidente, a la hora de determinar la responsabilidad, habrá que verificar si el ciclista ha respetado o no la prioridad del resto de usuarios de la vía, así como que éstos hayan observado el conjunto de normas de seguridad vial, según han aclarado a ABC los servicios jurídicos de la consultora Multayuda . Según los especialistas, se «tendrán que valorar los hechos acontecidos en cada caso concreto, no pudiendo recaer la responsabilidad en el Ayuntamiento pese a ser el consistorio el responsable de la normativa. El responsble podría porlo tanto ser el conductor del coche o el usuario de la bicicleta».

El portavoz de Ciudadanos en Medio Ambiente y Movilidad, Sergio Brabezo, advirtió de la peligrosidad y «los accidentes» que generarán estos cruces entre coches, bicis y peatones. En la misma línea se manifestó el RACE, que ve en estas medidas «improvisación y falta de coherencia»: «Girar con semáforos en rojo van en contra de la formación vial». Para el Club de automovilistas , algunas de las propuestas que ha lanzado el consistorio madrileño van totalmente en contra de la formación vial necesaria que reciben los ciudadanos desde las edades más tempranas, que incluye el respeto a las normas circulación y mantener el principio de autoridad de las señales de tráfico.

La nueva normativa prohibe expresamente la circulación de bicicletas por las aceras, calles y zonas peatonales, excepto para los niños menores de 12 años siempre que vayan acompañados por una persona adulta (a pie o en bici) y no sobrepasando en ningún caso los 10 kilómetros por hora, y siempre que no se trate de espacios declarados como de especial protección para el peatón . Esto significa que, dado que la obligatoriedad de llevar casco para los ciclistas es para los menores de 16 años , o para quienes circulen por vías interurbanas, un alto porcentaje de usuarios de las dos ruedas circularán por las calles sin este elemento de seguridad.

Las bicicletas podrán circular en ambos sentidos de la marcha en las calles residenciales en las que exista una limitación de velocidad a 20 kilómetros por hora, excepto cuando exista una señalización específica que lo prohíba.

En cuanto al resto de calles de sentido único de la red viaria local, podrá habilitarse igualmente la posibilidad de circular en ambis sentidos siempre que exista un informe previo del órgano municipal con competencias en materia de seguridad vial y tras la oportuna señalización.

La normativa municipal también regula el régimen de funcionamiento del registro municipal de bicicletas (Biciregistro), que continuaría siendo voluntario salvo para bicicletas o ciclos de alquiler, distribución de mercancías u otras actividades económicas.

Aquellas bicicletas que no se encuentren en condiciones de circulación y uso seguro por los usuarios deberán de ser retiradas por el titular, según la nueva normativa. Estas bicis retiradas no podrá situarse en el espacio público alquilarse hasta que hayan sido reparadas o sustituidas por otras seguras y plenamente operativas.

El incumplimiento de estas obligaciones habilitaría al Ayuntamiento de Madrid para retirar las bicicletas con cargo al titular del vehículo.

Seguro de responsabilidad

La normativa municipal también regula el servicio «BiciMAD», estableciendo las condiciones de regulación del servicio de arrendamiento público de bicicletas de titularidad municipal, destinado a promover los desplazamientos ciclistas exclusivamente en las vías urbanas de la ciudad de Madrid.

La reglamentación diospone que se permitirá el uso económico de las bicicletas de «BiciMAD» (por ejemplo, para el transporte de mercancía) si bien no se asegurará la carga transportada.

En cuanto a las bicicletas de alquiler y de uso compartido, la empresa titular de las bicicletas tendrá la obligación de inscribirlas en el registro municipal de bicicletas (Biciregistro) y deberá disponer de un seguro que cubra la responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudiera ocasionarse a la persona usuaria, a otras personas y bienes, así como al patrimonio municipal.

Los servicios de bicicleta compartida sin base fija se gestionarán mediante concesión municipal que asegure, además de los puntos anteriores, la cobertura del servicio en toda la ciudad.

Pese a todas estas normas municipales, es el Estado quien establece la competencia en materia de movilidad a los municipios, pudiendo por tanto regular el tráfico en función de las necesidades de la ciudad.

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