Cómo moverse en Madrid a partir de ahora: los cambios que trae el nuevo protocolo anticontaminación y la Ordenanza de Movilidad Sostenible

Los vehículos demasiado contaminantes, es decir, sin distintivo ambiental, y bajo el «Escenario 3», no podrán circular por la ciudad

S. M.

D esde este lunes día 8 entra en vigor el nuevo protocolo contra la contaminación en Madrid. En este nuevo plan también están incluidas las motocicletas. Además, ahora se contará con cinco escenarios de restricción, uno más que el actual.

Los más afectados serán los vehículos más antiguos y contaminantes, es decir, sin distintivo ambiental, que bajo el «Escenario 3» de contaminación no podrán circular por la ciudad. Y tal y como destacan desde la Dirección General de Tráfico (DGT), 1,8 millones de vehículos con estas caraterísticas se verán afectados en la Comunidad de Madrid.

Se trata de los modelos gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006, cuya circulación además se prohibirá, incluso sin episodios de contaminación activos, a partir de 2025.

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Para el resto de vehículos la colocación de los distintivos o pegatinas de la DGT es, por ahora, voluntaria, pero se recomienda pegarla en lugar visible para facilitar la identificación del vehículo y beneficiarse así de las ventajas que las distintas autoridades puedan establecer a este tipo de vehículos más respetuosos con el medio ambiente. No obstante, su colocación en lugar visible, preferiblemente en el ángulo inferior derecho del parabrisas, será obligatoria a partir de abril, según el Ayuntamiento.

Los titulares de estos vehículos que quieran consultar la etiqueta que les corresponde pueden hacerlo a través de la web de la DGT introduciendo la matrícula de su vehículo.

Consulta en este interactivo qué podrás hacer, y que nó, con tu vehículo, en función de cada escenario:

BUSCADOR

Este es el resumen de cada escenario:

Escenario 1:

Limitación de velocidad a 70 km/h. Recomendación del uso del transporte público. Recomendaciones incorporadas en el protocolo de la Comunidad de Madrid, al igual que en el resto de escenarios.

Escenario 2:

Prohibido estacionar en zona SER . Solo pueden aparcar los vehículos CERO y, como novedad, los ECO. Prohibición de circula r a los vehículos sin etiqueta ambiental de la DGT, incluidas las motocicletas, en la almendra central y en la M-30 . En el caso de la almendra central suponeun 13,4% de los desplazamientos y una reducción de emisiones de NO2 de un 6%. Se mantienen el resto de medidas del protocolo actual.

Escenario 3:

Prohibido estacionar en zona SER . Solo pueden los CERO y los ECO. La prohibición de circular a los vehículos sin distintivo ambiental, incluidas las motocicletas, se extiende a toda la ciudad . Supone una reducción del 17,7% de la circulación en toda la ciudad y de más del 21% de las emisiones contaminantes. En el protocolo en vigor la distinción se hace por matrículas par o impar pero solo en el interior de la M-30. Se sustituye el criterio de las matrículas por el de los vehículos más contaminantes. Resto de medidas del protocolo actual.

Escenario 4:

Prohibido estacionar en zona SER . Solo pueden los CERO y los ECO. Prohibición de circular a los vehículos sin distintivo ambiental, incluidas las motocicletas, en toda la ciudad . En la M-30 y su interior la limitación de circulación se extiende a los vehículos con etiqueta B, que suponen entre un 47 y un 49 por ciento de los recorridos en esos ámbitos. En conjunto, las dos últimas medidas supondrán una reducción de las emisiones de más del 33%. El resto de las medidas anteriores.

Escenario 5 (Alerta):

Coincide con el nivel de alerta marcado por la Unión Europea al que nunca se ha llegado en Madrid. Prohibición de circular a los vehículos sin etiqueta y etiquetas B y C , con un ahorro de emisiones superior al 64%. Todas las medidas anteriores.

Excepciones

Durante la aplicación de las medidas del protocolo de contaminación, podrán seguir estacionando en las plazas del SER los residentes (exclusivamente en su barrio y plazas), los vehículos que dispongan del distintivo ambiental CERO o ECO de la DGT (antes solo los CERO), los autorizados como comerciales e industriales del SER, los vehículos estacionados en zonas reservadas para su actividad y los autotaxis y vehículos de alquiler de servicio público con conductor que estén en servicio y su conductor esté presente.

Por otro lado, habrá excepciones a la limitación de circulación para los vehículos de transporte público colectivo, las bicicletas, ciclomotores, los vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público, los vehículos para limpieza y gestión de arbolado urbano. También se permitirá la circulación a los vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (igual o inferior a 3.500 kg hasta diciembre de 2019 y superior a 3.500 kg hasta diciembre de 2022), las grúas para el remolque de vehículos y vehículos taller y de auxilio en carretera, además de otros vehículos: transporte de detenidos, transporte funerario y transporte de fondos y servicios de seguridad blindados debidamente acreditados.

Las restricciones de tráfico y aparcamiento recogidas en este protocolo no se aplicarán a los vehículos destinados al desplazamiento de personas con movilidad reducida ni a los vehículos de servicios esenciales: extinción de incendios, protección civil y salvamento, fuerzas y cuerpos de seguridad y ambulancias.

Las etiquetas ECO, y su significado

Estas son las cuatro pegatinas de la DGT y su significado:

- Cero emisiones: De color azul, está reservada para ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

- ECO: Mitad verde mitad azul, está destinada a Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.

- C: De color verde, deberán llevarla turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. También deberán llevarla vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4, 5 y 6 y en Diésel la Euro 6.

- B: De color amarillo, deberán llevarla turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. También deberán llevarla vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.

Nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible

Además, el 5 de octubre el Ayuntamiento de Madrid aprobó la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible , que limita a 30 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida en el 80% de las calles de Madrid. Anteriormente el límite de velocidad era de 50 salvo en zonas excepcionales de la almendra central . En las calles de un sentido y de un carril por sentido es a partir de ahora obligatorio circular a 30 kilómetros por hora.

Se respeta el límite actual de 50 km/h en las avenidas de dos o más carriles por sentido, y no en todas. Según el aAuntamiento es una cuestión de seguridad. En un atropello a 50 kilómetros por hora el riesgo de muerte es ocho veces más alto que si se produce a 30 por hora. Además los peatones podrán cruzar una calle, dentro de una zona 30 por cualquier punto sin necesidad de utilizar un paso de cebra . Barcelona, Sevilla, Valencia o Bilbao ya tienen el límite de velocidad a 30. Eso sí solo en su almendra central.

El Ayuntamiento crea además un gran área de prioridad residencial y cero emisiones, Madrid Central. En este espacio impide el acceso al centro al tráfico privado de los no residentes, a excepción de los coches Eco y Cero , quienes acudan a un aparcamiento así como colectivos que también entrarán como invitados de los vecinos, transportistas, personas con discapacidad o equipos de emergencia, entre otros.

Las restricciones comenzarán a aplicarse en noviembre de 2018, aunque hasta abril de 2019 no se impondrán multas económicas.

Su perímetro está formado por las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover.

Por este área sólo podrán circular los residentes y sus invitados (un máximo de 20 al mes) , el transporte público, servicios sanitarios, vehículos industriales, de reparto con permiso, las personas con movilidad reducida, los titulares de plazas de garaje, los profesionales con limitaciones y vehículos con etiqueta ambiental cero y eco.

Los que tengan etiquetas B o C y no sean residentes solo podrán entrar para aparcar en un garaje privado, reserva o aparcamiento de uso público.

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