Estas son las multas por superar los 90 km/h en carreteras convencionales

El margen de error se sigue manteniendo a 7 km/h en radares móviles en las vías con límite inferior a 100 km/h y el de los radares fijos a 5 km/h

S. M.

Aunque fue el pasado 29 de marzo de 2019 cuando entró en vigor entró un nuevo límite de velocidad para las carreteras convencionales, fijado en 90 km/h, seguramente durante este verano será la primera vez en la que numerosos conductores , los que habitualmente no utilizan este tipo de carreteras en sus recorridos habituales, se verán obligados a respetar la nueva limitación. Este nuevo límite se aplica a las carreteras convencionales, con un carril por sentido y sin desdoblar.

El principal objetivo de la medida es reducir la siniestralidad vial y cumplir el objetivo establecido en la Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020 de bajar de 37 la tasa de fallecidos en accidente de tráfico por millón de habitantes. En contraposición, en 2017 la tasa fue de 39.

Otro de los objetivos es converger con Europa . La mayoría de los países de la Unión han ido adoptando medidas de reducción de las limitaciones de velocidad en aquellas vías en las que no hay separación física de sentido, siendo la tendencia mayoritaria la limitación de 90 km/h aunque algunos países ya han apostado por establecer en estas vías limitaciones de 80 km/h, como Suecia y Holanda, referentes en seguridad vial.

Según diferentes estudios, los vehículos que circulan a velocidades dispares de la media de la vía, como pueden ser los camiones en relación a coches y motos, son más susceptibles de provocar un accidente, con una probabilidad 6 veces mayor que si estos vehículos circularan a la media del resto. Del mismo modo, velocidades de circulación más homogéneas favorecen la fluidez del tráfico.

También, como objetivo prioritario es el de tr atar de minimizar las consecuencias negativas de un potencial accidente . Los límites de velocidad son el instrumento adecuado para equilibrar las necesidades de movilidad y seguridad ya que a menor velocidad, el impacto en caso de siniestro es menor.

El límite cambió de 100 km/h a 90 km/h y se vieron afectadas 10.000 km de carreteras que cambiaron su límite de velocidad. Según explican desde Pyramid Consulting a ABC, con el nuevo límite de velocidad los importes de las multas por superarlo son los siguientes:

– Exceder la velocidad entre 91 y 100 km/h: 100 euros.

– Exceder la velocidad entre 101 y 120 km/h: 100 euros (como anteriormente pasaba).

– Exceder la velocidad entre 121 y 130 km/h: 300 euros y dos puntos.

– Exceder la velocidad entre 131 y 140 km/h: 300 euros y dos puntos.

– Exceder la velocidad entre 131 y 140 km/h: 300 euros y dos puntos.

– Exceder la velocidad entre 141 y 150 km/h: 400 euros y cuatro puntos.

– Exceder la velocidad entre 151 y 160 km/h: 500 euros y 6 puntos.

– Exceder la velocidad a partir de 161 km/h: 600 euros y 6 puntos.

El margen de error se sigue manteniendo a 7 km/h en radares móviles en las vías con límite inferior a 100 km/h y el de los radares fijos a 5 km/h.

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