Conductores denuncian en vídeo las infracciones que cometen los ciclistas

Este tipo de grabaciones que circulan por internet siempre despiertas muchas críticas y dudas, y que nos recuerda que la seguridad en carretera es cosa de todos

ABC MOTOR

Las autoridades investigan al conductor de un camión, proveedor de madera de la empresa Ence, que ha agredido con un martillo a dos ciclistas en Pontevedra tras mantener con ellos una discusión relacionada con un incidente de tráfico. La escena, informa Efe, ha sido recogida por un testigo en un video que ha sido difundido a través de redes sociales y grupos de WhatsApp, en donde se aprecia cómo el camionero llega incluso a amenazas de muerte a los ciclistas . Los ciclistas han denunciado que el transportista les adelantó por la carretera PO-546, en donde está situada la entrada principal a la fábrica de Ence, increpándoles y sin respetar la distancia de seguridad.

Este tipo de grabaciones que circulan por internet siempre despiertas muchas críticas y dudas, y que nos recuerda que la seguridad en carretera es cosa de todos. Y es que las bicicletas pueden circular en paralelo, en columna de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos sin visibilidad. Sin embargo suele ser habitual, sobre todo enverano y coincidiendo con la celebración de grandes pruebas como la Vuelta, el Giro o el Tour, encontrarse en la carretera con ciclistas circulando en pelotón.

Normalmente se defienden argumentando que lo hacen para protegerse ante el tráfico. Pero esta actitud también genera polémica ante la duda de muchos conductores, que desconocen si es legal o no circular de este modo. Como norma general, los ciclistas, al igual que los peatones, por tratarse de usuarios más vulnerables, tienen prioridad frente a los vehículos motorizados . Aún así, tanto conductores como ciclistas deberían ser conocedores de la normativa de la DGT para evitar en la medida de lo posible accidentes mortales.

Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor, cuando, circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta. Es decir, cuando los ciclistas circulan en grupo son considerados como una única unidad móvil de los efectos de prioridad de paso. Pero los usuarios de las dos ruedas también tienen que cumplir con una serie de obligaciones al utilizar la vía pública para sus desplazameintos.

Según la Dirección General de Tráfico , pueden circular en paralelo, en columna de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos sin visibilidad (Art 36.1 RGC). Asimismo, están obligados a utilizar el arcén, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada. Si el arcén no fuera transitable, podrán utilizar la parte imprescindible de la calzada. En autovías solo podrán circular por el arcén , y siempre que sean mayores de 14 años, y no esté específicamente prohibido por la señal correspondiente. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo.

El uso del casco es obligatorio en vías interurbanas para todos los usuarios de bicicleta. En las vías urbanas su uso es obligatorio para los menores de 16 años tanto si son conductores como ocupantes de bicicleta. Para los mayores de 16, no es obligatorio, aunque Tráfico recomienda su uso. También es obligatorio para los ciclistas, tanto en carretera como en zona urbana, el uso de luz delantera y reflectante trasero en la bicicleta, así como el uso de una prenda reflectante cuando se circula de noche.

Los ciclistas, al igual que el resto de conductores de otros vehículos están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas cuando les sea requerido en un control preventivo, se encuentren implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido alguna infracción. En estos casos, solamente se le aplica la sanción administrativa, no la detracción de puntos ya que éstos van vinculados a un permiso de conducción. Asimismo, los ciclistas como conductores tienen que cumplir el resto de normas establecidas en la legislación de tráfico y seguridad vial.

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