TRÁFICO

Las bicicletas podrán circular en Madrid en sentido contrario y pasar semáforos en rojo

La ordenanza de movilidad sostenible del Ayuntamiento de Madrid se ha aprobado de forma inicial, y también establece los requisitos mínimos para los nuevos sistemas de alquiler de bicicletas sin base fija

AGENCIAS

Las bicicletas podrán circular en sentido contrario en ciclocalles y calles residenciales (las que limitan la velocidad a 20 kilómetros por hora), así como girar a la derecha con el semáforo en rojo en Madrid, tras la aprobación inicial de la ordenanza de movilidad sostenible.

Esta norma, además de regular la circulación de las bicicletas en la capital, limita a 30 km/h la velocidad de circulación en las calles de un único carril por sentido y fija además el funcionamiento del área “Madrid central” que limita el acceso al Centro a los no residentes.

También establece los requisitos mínimos para los nuevos sistemas de alquiler de bicicletas sin base fija que han proliferado en la capital, cuya regulación concreta se realizará más adelante, y se prohíbe además la circulación de vehículos a pedales para más de tres personas, por lo que en cuanto entre el texto en vigor quedarán prohibidas las bicibirras.

Respecto a las motocicletas, podrán aparcar en la acera donde no exista banda de estacionamiento en la calzada si dejan más de tres metros libres.

La delegada de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, Inés Sabanés, y su director general Francisco José López Carmona, han informado de la aprobación inicial de esta ordenanza en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, junto a la portavoz municipal, Rita Maestre.

Este texto regula también el uso de los patines, patinetes y monopatines que podrán circular por carriles bici y ciclocalles -a diferencia de lo que sucede con la actual ordenanza- y por las aceras solo a velocidad de peatón.

La ordenanza de movilidad sostenible aprobada de forma inicial en la Junta de Gobierno de hoy regula además los criterios de acceso a ‘Madrid Central‘ por parte de los vehículos de no residentes: podrán acceder los vehículos Cero Emisiones y los que tengan etiqueta ECO de la Dirección General de Tráfico (DGT), lo que abre la puerta a que las motocicletas que no tengan etiquetas no puedan entrar a esa zona, a diferencia de lo que sucede ahora.

Sí podrán acceder al área ‘Madrid Central’ los vehículos que se dirijan a los aparcamientos de rotación ubicados en su interior siempre que cuenten con etiqueta medioambiental de la DGT, lo que significa que los vehículos sin etiqueta -los más contaminantes- no tendrán entrada permitida para estacionar en esos aparcamientos.

El Gobierno de Manuela Carmena establece un tipo de aparcamiento regulado distinto al Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) , aplicable en barrios cercanos a la almendra central en la que habrá espacio de aparcamiento para los residentes y se limitará a un máximo de dos horas el tiempo de aparcamiento máximo para los visitantes.

Por otra parte, los hospitales y otros centros sanitarios podrán solicitar que se permita el aparcamiento en el SER a los pacientes y acompañantes en períodos más extendidos.

La ordenanza prevé novedades para los aparcamientos gestionados por la EMT o los de nueva creación, cuyas tarifas cambiarán en función de lo contaminantes que sean los vehículos.

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