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Impuesto de circulación 2018: quién debe pagarlo y quién no y cómo y dónde desembolsarlo

Te respondemos a todas estas cuestiones con la ayuda de la asesoría jurídicaPyramidConsulting

S. M.

El Impuesto de Circulación es una tasa municipal que debe abonarse cada año. Y, aún así, hay quien sigue sin tenerlo claro. ¿Cuándo hay que pagarlo? ¿Cuánto cuesta? ¿Me avisan, o me tengo que acordar? Te respondemos a todas estas cuestiones con la ayuda de la asesoría jurídica PyramidConsulting.

¿Quién tiene que pagar el Impuesto de Circulación?

Esta es la primera duda que se plantean muchos. Y es que si el Impuesto de Circulación es a los vehículos de tracción mecánica… ¿qué pasa con los eléctricos? ¿Y con los híbridos?

Pues realmente, a pesar de no ser exactamente de tracción mecánica, estos coches también tienen que pagar el impuesto. Un híbrido, un híbrido enchufable o un eléctrico también tendrá que pagar el Impuesto de Circulación, aunque la mayoría de las ciudades les aplican descuentos a estos vehículos, que rondan el 70%.

Lo mismo ocurre con los coches clásicos. Estos pagarán un importe más bajo de Impuesto de Circulación, siempre que estén matriculados como vehículo histórico. De hecho, según el lugar de residencia, puede salir hasta gratuito.

Tampoco pagarán Impuesto de Circulación los vehículos destinados al transporte público de viajeros, para el uso agrícola, las ambulancias y los vehículos con matrícula diplomáticas y los que están adaptados a personas con movilidad reducida.

Así pues, con estas excepciones, la persona que el 1 de enero del año natural fuese titular de un vehículo deberá pagarlo. Esto es así independientemente de si hablamos de una persona física o jurídica, sino quien figure en el Permiso de Circulación.

¿Dónde pago el Impuesto de Circulación 2018?

Este impuesto depende directamente de los ayuntamientos. Por eso, tendremos que dirigirnos allí para poder pagar, aunque la mayoría avisa a los propietarios en sus domicilios. Así, les envía una carta de pago con la que, dirigiéndose a las entidades bancarias, podrán efectuar el pago. También se puede hacer mediante transferencia o ingreso.

Para hacer este pago, se suele tener un plazo amplio. Si bien dependerá de cada Comunidad Autónoma (quien lo cobra y establece la tarifa), suelen dar facilidades para que los titulares puedan abonarlo.

En función del tipo de vehículo que sea, la tarifa será una u otra. También depende de la potencia y lo contaminante que sea el vehículo.

¿Y qué pasa si no lo pago?

Es raro que la Administración olvide que le debemos un pago. Por eso, si bien no es ni mucho menos un delito, sí persistirán hasta que lo paguemos.

Por eso, primero recibiremos una notificación; luego otra y, quizá, una tercera. Finalmente, es posible que, incluso, nos embarguen las cuentas.

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