Los otros «artículos 155» de las democracias europeas para impedir una secesión

El artículo 155 no es exclusivo de nuestra Constitución. Otras democracias europeas como la alemana, la italiana o la portuguesa cuentan con mecanismos similares para restaurar la legalidad en uno de sus länder

ABC.ES

El Gobierno español ha respondido a la declaración unilateral de independencia de Cataluña este viernes cesando al Govern y convocando elecciones autonómicas para el próximo 21 de diciembre con las que espera resolver una crisis política sin precedentes en 40 años de democracia. Mientras miles de independentistas celebraban su «República» en varias ciudades catalanas, el Gobierno español anunció, como se esperaba, la puesta de la gestión de Cataluña bajo su tutela.

Estas medidas han sido adoptadas en virtud del artículo 155 de la Constitución, suspendiendo de facto la autonomía de Cataluña. Este artículo constitucional estipula que «si una comunidad autónoma no respeta las obligaciones impuestas por la Constitución por otras leyes, o si actúa de manera que afecte gravemente el interés general de España, el gobierno (...) puede adoptar las medidas necesarias para obligarlo a respetar dichas obligaciones o para la protección del interés general».

Esta es una medida delicada porque España es un país profundamente descentralizado y sus 17 Comunidades Autónomas mantienen sus amplios poderes, en salud y educación. El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha alegado de que la aplicación del artículo 155 servirá para «restaurar el orden constitucional» durante seis meses para hacer frente a las amenazas de secesión proferidas por los independentistas.

El artículo 155 no es exclusivo de nuestra Constitución. Otras democracias europeas como la alemana, la austrica, la italiana o la portuguesa cuentan con mecanismos similares para restaurar la legalidad en uno de sus länder. La redacción del 155 tomó como inspiración el 37 de la ley alemana, que recoge que que si uno de sus Estados no cumple con sus obligaciones y la legalidad, el Gobierno federal puede adoptar las medidas necesarias para obligar a cumplir el mandato constitucional, previo consentimiento de la Cámara Baja.

Así las cosas, si la rica Baviera decidiera seguir la senda marcada por el Govern catalán, según el artículo 37 de La Ley Fundamental de la República Federal Alemana , «si un Land no cumpliere los deberes federales que la Ley Fundamental u otra ley federal le impongan, el Gobierno Federal, con la aprobación del Bundesrat (Cámara Baja), podrá adoptar las medidas necesarias para obligar al Land al cumplimiento de dichos deberes por vía coactiva federal. (2) Para la ejecución de las medidas federales coactivas, el Gobierno Federal o su representante tiene el derecho de impartir instrucciones a todos los Länder y a las autoridades de los mismos».

Con profundas desigualdades entre el norte y el sur, la ley italiana también recoge un artículo que protege la unidad del país ante una hipotética tentativa de secesión del Véneto o Lombardía.

Según el artículo 126 de la Constitución italiana promulgada en 1947: «Se acordarán por decreto razonado del Presidente de la República la disolución del Consejo Regional y la remoción del Presidente de la Junta que hayan realizado actos contrarios a la Constitución o incurrido en violaciones graves de la ley. Podrán asimismo la disolución y la remoción ser acordadas por razones de seguridad nacional. El decreto se adoptará, oída una Comisión de diputados y senadores constituida para las cuestiones regionales, según las normas establecidas por ley de la República. Podrá el Consejo Regional expresar su desconfianza en el Presidente de la Junta por medio de moción razonada, firmada por la quinta parte, como mínimo, de sus componentes, y aprobada por la mayoría absoluta de los componentes. La moción no podrá ser discutida antes de haber transcurrido tres días de su presentación. Se considerarán dimitida la Junta y disuelto el Consejo por aprobación de la moción de desconfianza en el Presidente de la Junta elegido por sufragio universal y directo, así como por remoción, impedimento permanente, muerte o dimisión voluntaria del mismo. El mismo efecto surtirá en todo caso la dimisión conjunta de la mayoría de los componentes del Consejo».

Nuestra vecina Portugal , donde solo las islas Azores y de Madeira cuentan con Estatutos de Autonomía, presenta un artículo similar. Según su art. 234:

1. Las Asambleas Legislativas de las regiones autónomas pueden ser disueltas por el Presidente de la República, oídas por el Consejo de Estado y los partidos en ellas representados.

2. La disolución de la Asamblea Legislativa de la región autónoma conlleva la dimisión del Gobierno Regional, que se limita a la práctica de los actos estrictamente necesarios para asegurar la gestión de asuntos públicos, hasta la toma de posesión del nuevo gobierno tras la celebración de elecciones.

3. La disolución de la Asamblea Legislativa de la región autónoma no perjudica la subsistencia del mandato de los diputados ni de la competencia de la Comisión Permanente hasta la primera reunión de la Asamblea después de las posteriores elecciones.

Y por último Austria cuenta con el artículo 100 por el que «todo Parlamento provincial puede, a petición del Parlamento y con el consentimiento del Consejo Federal, ser disuelto por el Presidente federal; dicha disolución, sin embargo, puede decretarse solo una vez. La moción en el Consejo Federal debe llevarse en presencia de la mitad de los miembros y por una mayoría de dos tercios de los votos emitidos».

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