«No nos ponemos de acuerdo para repartirnos a nuestros hijos estas vacaciones, ¿qué podemos hacer?»

Susanna Antequera, socia del despacho Antequera de Jáuregui y abogada especialista en derecho de familia y protección al menor, explica las posibles vías

La mediación es una posible vía de entendimiento
Laura Peraita

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Cuando los padres no viven bajo el mismo techo , el reparto de los hijos en vacaciones puede ser un gran problema. Con independencia de si se trata de una separación, un divorcio o de una pareja no matrimonial, lo que debe imperar siempre es el bienestar del menor por encima de todo, aunque algunos padres no tienen esta premisa tan presente. La norma general determina que el reparto de las vacaciones debe ser por igual puesto que, realmente, quien merece disfrutar de las vacaciones de forma equitativa son los hijos.

El problema es que no siempre es posible llegara a acuerdos entre los miembros d ela pareja. ¿Qué hacer entonces? Según Susanna Antequera , socia del despacho Antequera de Jáuregui y abogada especialista en derecho de familia y protección al menor, para llevar a cabo la regulación de las vacaciones escolares, en este caso las de verano, si no hay acuerdo entre los progenitores es absolutamente necesario respetar el contenido de la sentencia que recoge el convenio regulador, siempre y cuando se haya judicializado la ruptura de la pareja o producido el divorcio.

Reparto equitativo

«Sea o no de mutuo acuerdo, en la mayoría de sentencias se estima el reparto por igual para cada progenitor en periodos quincenales. De esta manera, los hijos pueden disfrutar de sus padres de forma equitativa . Y digo en la mayoría de sentencias —matiza Antequera— porque hay que tener en cuenta dónde residen los progenitores. Es decir, si uno de los padres no puede disfrutar de un régimen normal de visitas durante el año por su lugar de residencia, tendría opción a disfrutar de más periodo vacacional en verano para compensar la estancia con sus hijos. De esta manera, los menores también podrían disfrutar de aquél progenitor con el que durante el año no pueden convivir ».

Por este motivo, esta experta recomienda que antes de firmar un convenio regulador, es importante tener en cuenta que el reparto debe ser por mitad quincenal durante los meses de julio y agosto. Si no hay acuerdo, lo habitual es que se determine que los años pares elija un progenitor y, los impares, el otro. «Es importante que exista una cláusula de preaviso para comunicar la elección del periodo en cuestión por parte del progenitor interesado», advierte.

Si aun así, sigue sin haber acuerdo, lo aconsejable es acudir a un abogado especializado en familia para intentar mediar. «Como último recurso, cabe la posibilidad de acudir a la vía judicial para modificar la sentencia o para ejecutarla y obligar al progenitor que no la quiere cumplir. El objetivo será evitar que el próximo verano se repita el episodio de controversia , especialmente para que los menores disfruten de su periodo vacacional con serenidad y tranquilidad, y no inmersos en conflictos innecesarios, que lo único que consiguen es hacerles sufrir en unas vacaciones en las que deberían desconectar del periodo escolar».

Para evitar un proceso contencioso, en el caso que no se haya interpuesto la demanda correspondiente por falta de acuerdo entre los progenitores, existe la mediación. Los mediadores son profesionales neutrales para fomentar el diálogo y entendimiento entre los padres, pero no son juristas, y hay ciertos aspectos legales a los que no pueden dar respuesta . «En este sentido, el servicio de mediación se desarrolla en diferentes sesiones. La primera es informativa y en ella comparecen los padres sin intervención de letrados o jueces. Tan solo hay los progenitores y el mediador, que les explicará su función: fomentar el diálogo y preservar la confidencialidad de aspectos que puedan ir surgiendo en las sesiones», concluye Susanna Antequera.

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