El juez desestima la petición de Pozuelo para no acoger menores no acompañados

La alcaldesa Susana Pérez Quislant cambió el uso del inmueble al que iban a trasladar a los jóvenes extranjeros y pidió el «cese de la actividad» del centro

Menores no acompañados del centro de Hortaleza

S. L.

La alcaldesa de Pozuelo acordó el cese inmediato de la actividad del piso tutelado de menores extranjeros no acompañados que la Comunidad de Madrid había puesto en funcionamiento y que es gestionado por la Fundación SAMU, especializada en la atención a estos menores. Ayer, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 29 de Madrid suspendió cautelarmente dicha orden de cierre acordada por la alcaldesa, que ahora tiene tres días para presentar alegaciones .

Tras el fallo judicial, la regidora ha anunciado que «de momento» no clausurará el inmueble . «Seguiremos adelante en el proceso porque el centro no puede instalarse en un lugar que incumple la normativa municipal», ha dicho el Ayuntamiento en un comunicado, ya que la medida es «provisional».

En noviembre, Quislant notificó a la Fundación SAMU el « cese de la actividad » del centro porque no «cumplía con la normativa». El juez ahora le ha quitado la razón después de que la Fundación presentase un recurso contra el cambio de uso del espacio que hizo la alcaldesa. La medida cautelar urgente a la que ha tenido acceso ABC obliga, de momento, a Quislant a revocar la resolución por la que se impedía acoger a los menores.

Fuentes municipales aseguraron entonces que el plantamiento urbanístico de Pozuelo «no contempla» el uso que la Comunidad pretende darle a la vivienda para que acoja MENAS en ella . Según el informe urbanístico que emitió el Consistorio, la actividad ejercida por la Fundación se recoge en el uso «Equipamiento de clase dotacional, de la categoría salud y bienestar social del vigente Plan General de Ordenación urbana», un uso que no está reconocido como «compatible entre las edificaciones de la zona». «No se considera autorizable la implantación del mismo en el inmueble de referencia», se puede leer en el documento al que tuvo acceso Europa Press.

La alcaldesa, amparándose en la normativa municipal, manifestó entonces que el inmueble «solo puede destinarse a local comercial o despacho profesional vinculado a la vivienda». Es decir, «no se puede autorizar como centro residencial». Este fue el motivo por el que Quislant se negó a acoger a los menores y el juez le ha quitado la razón. Para ella, su decisión no estaba justificada en el hecho de no querer acoger a menores extranjeros solos, sino en que el sitio «no es adecuado» . «La respuesta sería la misma si fuera para personas mayores u otro colectivo», subrayaron fuentes municipales.

La Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid no coincidió con la versión de la alcaldesa. Fuentes de la Consejería aseguraron que el inmueble no se trata de un centro de menores sino de un « piso tutelado » gestionado por la Fundación que « cumple con las condiciones de ser una vivienda tutelada para acoger menores», después del informe emitido por los técnicos de la Comunidad.

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