El autor, en el furgón para ir al juicio en 2010
El autor, en el furgón para ir al juicio en 2010 - Efe

La Delegación ordena la expulsión del condenado por disparar con una ballesta a la actriz Sara Casasnovas

Agredió a Casasnovas cuando salía del teatro. Al reo alemán se le impuso una pena por tentativa de homicidio. Sufre trastorno de personalidad

Madrid Actualizado: Guardar
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La Delegación del Gobierno en Madrid ha ordenado expulsar de España y no permitirle la entrada durante cinco años al hombre que intentó matar en 2009 a la actriz Sara Casasnovas disparándole con una ballesta, que permanece en prisión por estos hechos pero está previsto que salga de a finales de este mes.

En una resolución firmada este jueves por la delegada Concepción Dancausa, la institución atiende la petición de la Policía sobre Arndt Meyer, alemán de 47 años que fue condenado en 2010 a ocho años de cárcel por disparar a la actriz el 7 de junio de 2009 cuando salía del teatro Reina Victoria.

Sara Casasnovas
Sara Casasnovas - E. Agudo

La sentencia, que prohibía al condenado acercarse a la actriz a menos de 500 metros durante nueve años, le condenó por un delito de homicidio en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas, con el atenuante de trastorno de personalidad.

La Delegación atiende el proceso sancionador de expulsión propuesto por la Brigada Provincial de Extranjería cuando faltan pocos días para que el condenado salga de la cárcel, informa Efe.

Antecedentes por homicidio doloso

La Policía recuerda que, además de la citada condena, Meyer cuenta con antecedentes policiales por homicidio doloso y su modo de vida es «la práctica de las actividades delictivas (...) y los recursos económicos que las misas generan».

Solicita su expulsión de España por cinco años «como responsable de la realización de una conducta contraria al orden público y la seguridad ciudadana que constituye una amenaza real, actual y suficientemente grave que afecta a la convivencia social».

La Delegación del Gobierno acuerda decretar su expulsión de España y la prohibición de que vuelva a entrar en el país durante cinco años. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella se puede recurrir por vía contencioso-administrativa.

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