TRIBUNALES

Un coruñés pierde la custodia de su hijo por dejarlo con sus abuelos

El tribunal evidencia una «desatención» del progenitor sobre los cuidados del pequeño

La madre ostentará a partir de ahora la custodia del menor ABC

Patricia Abet

La falta de responsabilidad de un padre coruñés, que delegó los cuidados de su hijo en sus abuelos, le ha valido la pérdida de la custodia que compartía con la madre del menor . La sentencia de la Audiencia provincial de La Coruña, que ratifica otro fallo dictado por el Juzgado de Violencia sobre la mujer de la ciudad, entiende que el hombre «desantendió» a su hijo , dejando en manos de los abuelos la responsabilidad diaria de hacerse cargo de las necesidades del pequeño. En un contundente auto al que ha tenido acceso ABC, el tribunal evidencia que «una cosa es que en casos puntuales pueda verse obligado a pedir la ayuda a los abuelos paternos para su cuidado» y otra que « éstos sean quienes cuiden y se encarguen directamente de su nieto , puesto que las funciones que le corresponden al padre son de obligado cumplimiento».

Haciendo hincapié en esta idea nuclear, la sentencia indica que un padre no puede «exonerarse de sus obligaciones por considerar que el menor está bien cuidado por los abuelos, lo cual no se pone en duda, pero es él como padre el que debe cumplir sus obligaciones y en el presente caso no lo hace ». Para apoyar su decisión y echar por tierra el recurso presentado por el progenitor, los redactores del fallo se basan no solo en las pruebas testificales sino en un informa emitido por el equipo psicosocial del Instituto de Medicina Legal y Forense de Galicia sobre el tipo de cuidados que recibía el pequeño y de quién provenían.

El tribunal también le afea al padre las alegaciones expuestas, apuntando que al estar en paro debería «tener más tiempo para cuidar de su hijo». Además, ponen el acento en que la evasión de responsabilidades del hombre llegó a tal extremo que no acudió al centro donde está escolarizado el menor para autorizar un apoyo individualizado de audición y lenguaje, necesario para su formación debido «a las necesidades educativas específicas» que estableció la Consellería de Educación. «Una autorización —insiste el fallo— que solo ha dado la madre ».

Tras la exposición de la dejadez paterna, el tribunal procede a retirarle la custodia del pequeño, que recae al completo en manos de la madre, y obliga al padre a seguir pagando una pensión de 200 euros mensuales para cubrir las necesidades alimenticias del pequeño.

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