Servicios Sociales

La Renta de Inclusión de hasta 800 euros fija como requisito la falta de recursos económicos

La prestación se podrá complementar con otras como la de vivienda o las becas escolares

Oltra informando este viernes de la Renta de Inclusión MIKEL PONCE

ABC

El Consell ha definido los requisitos de residencia , no disponer de recursos económicos , ser mayor de 25 años o no tener un patrimonio por valor de 7 veces la cuantía máxima anual de la Renta Valenciana de Inclusión para la concesión de esta prestación económica , fijada entre 515 y 809 euros que se pueden complementar con ayudas para la vivienda.

Estos requisitos quedan recogidos en el reglamento de desarrollo de la ley de Renta de Inclusión, que entró en vigor hace 18 días y sustituye a la Renta garantizada de ciudadanía e incluye la ampliación y flexibilización de los requisitos para poder acceder a la ayuda, el aumento del tiempo de cobertura de la prestación y el ahorro en la gestión burocrática, según ha informado la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra , tras la reunión semanal del Gobierno valenciano.

Podrán solicitar la renta aquellos que tengan la residencia de un año en la Comunitat Valenciana o han vivido cinco de los últimos diez años en esta región, un requisito que no será exigible a las mujeres víctimas de violencia de género, de explotación sexual o tráfico de personas, ni a los refugiados, asilados o desplazados forzosos.

También los ciudadanos que no dispongan de recursos económicos o sean inferiores a la cuantía de la renta de inclusión; los mayores de 25 años o de 16 y tengan personas a su cargo o de 18 y hayan tenido un trabajo remunerado al menos un año; y quienes no tengan un valor patrimonial siete veces la cuantía máxima de la ayuda sin contar la vivienda habitual .

Este año las personas en esta situación podrán acceder a una renta de garantía de inclusión social (prestación económica y de apoyo económico para la inclusión social y laboral), y a una renta de garantía de ingresos mínimos (50% de la prestación renunciando al proceso de acompañamiento excepto si hay niños); y en los próximos años a una renta complementaria de ingresos por prestaciones que entrará en vigor en abril de 2019, y una renta complementaria de ingresos del trabajo, en abril de 2020.

La Renta de Inclusión establece ayudas de 515 euros para una persona en la unidad de convivencia, 603 para dos personas, 662 para tres, 706 para cuatro, 750 para cinco y 809 para seis, y se puede añadir un complemento del 25% para la vivienda habitual y consumo energético, con lo que la ayuda oscilaría entre 643 y 1.011 euros.

Ayudas complementarias

El reglamento contempla el acceso directo a otros tipos de ayuda, como las becas escolares, la escuela infantil de 0 a 3 años, la Sanidad universal y la eliminación del copago farmacéutico .

La ayuda tendrá carácter indefinido mientras se mantenga la situación de vulnerabilidad, y se prevé la renovación cada tres años, según ha explicado Oltra, que ha destacado que permite a las personas rehacer su proyecto de vida y terminar con la burocracia al tramitarse a través de ventanilla única.

Se puede solicitar a través de los servicios sociales municipales, que se encargarán de la valoración y la intervención, mientras que de la tramitación y el pago de la ayuda se hará cargo la Conselleria de Igualdad .

Oltra ha resaltado que en 2013 la renta garantizada de ciudadanía benefició a 31.000 personas con un importe económico de 21 millones, y en 2017 los beneficiarios son más de 51.000 con un importe de 58 millones.

Además, ha recordado que la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas tiene presupuestados 41 millones para que los ayuntamientos puedan contratar 1.573 profesionales para atender estas ayudas y otras .

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