Redován

Inhabilitada siete años una exalcaldesa socialista por prevaricar al favorecer a un candidato de su partido

Leticia Bas fraccionó contratos «en connivencia» con un empresario que iba en la lista del PSOE para adjudicárselos a dedo

La exalcaldesa de Redován Leticia Bas, frente al Ayuntamiento JUAN CARLOS SOLER

ABC

La exalcaldesa socialista de Redován (Alicante) Leticia Bas ha sido condenada a siete años de inhabilitación especial para el cargo de alcalde por prevaricación administrativa al fraccionar facturas de una contrata municipal con la que favoreció a la empresa de un candidato de su partido, que iba en su lista electoral.

El juzgado de lo Penal número 1 de Orihuela considera probado en la sentencia que, "en connivencia" entre ambos se procedió, entre 2008 y 2011, al fraccionamiento de las facturas con precios de 18.000 euros, sin IVA , de manera que se permitía la adjudicación directa sin necesidad de iniciar un procedimiento de contratación que garantizara la publicidad y concurrencia.

En la sentencia, alcanzada por conformidad de las partes, también han sido c ondenados a la misma pena y por el mismo delito , en calidad de autores, los concejales José Manuel Cartagena y Encarna Heredia , a los que se inhabilita para ocupar los cargos de teniente de alcalde y concejal. Asimismo, se condena como cooperante necesario al empresario, militante socialista que concurrió a las elecciones en la lista de Bas, aunque no resultó elegido.

Además, se impone una indemnización solidaria y conjunta en favor del Ayuntamiento de 36.000 euros a Bas y el empresario ; de 23.000 euros a Cartagena y de 4.200 a Heredia.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se señala como hecho probado que los tres cargos públicos tenían, entre sus competencias, la adjudicación de los servicios de mantenimiento y reparación del alumbrado público y de instalación y desinstalación de la iluminación en fiestas y eventos . Sin embargo, "nunca instaron" a iniciar un expediente de contratación desde el que adjudicar el servicio garantizando la publicidad y concurrencia de los "postores".

A dedo

Al contrario, apunta la sentencia, "en connivencia" con el empresario procedieron a fraccionar el servicio "dividiendo el precio en diversas facturas" en favor de la mercantil "y por precio, considerando individualmente cada una de las mismas, inferior al establecido en la legislación de contratación administrativa, 18.000 euros, excluyendo el IVA, que permitía su adjudicación directa".

De ese modo, la exalcaldesa y sus concejales "contravenían de forma consciente y radical" los principios de libertad de acceso a las licitaciones y de transparencia, no discriminación e igualdad y "cercenando la posibilidad de lograr el eficiente uso de los fondos públicos".

Además, se recalca que en el mandato anterior, 2003-2007, el Ayuntamiento estaba gobernado por un partido distinto y la mercantil no recibió ninguna adjudicación, "situación que cambió a partir de mediados de 2008" fruto del "ardid trabado por los acusados". De ese modo, la empresa facturó en 2008, casi 32.000 euros; en 2009, 62.200 euros; en 2010, 70.500 euros; y, en 2011, 21.000 euros.

El importe acumulado en esos cuatro años ascendió a 188.747 euros y el pago se hizo "gracias al arbitrario comportamiento de la alcaldesa Bas Lorenzo, que presidía las Juntas de Gobierno que acordaban los pagos de la facturas".

Y precisa que Cartagena, como concejal de Sostenibilidad y Servicios Públicos, firmó "pese a ser consciente de lo fraudulento" las facturas hasta mediados de 2010 cuando se le retiraron las competencias que asumió la alcaldesa; asimismo, Heredia firmó facturas como concejal de Juventud y Fiestas, y "pese a no ser miembro de la Junta de Gobierno, reclamó, irregularmente, servicios y suscribió facturas relacionadas con su ámbito competencia".

Asimismo expone que los cargos públicos tuvieron un "ilícito comportamiento" ya que junto a las facturas "no se adjuntaban ni partes de trabajo, albaranes ni ninguna otra documentación " que permitiera comprobar el trabajo realizado y sin ser "supervisados por ningún técnico".

La sentencia relata que las facturas "siempre eran objeto de reparo", por carecer de contrato , pero los tres ediles firmaban las facturas y proponían su pago en la Junta de Gobierno, que daba su visto bueno con sus votos favorables.

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