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Imagen de las instalaciones de RTVV - ROBER SOLSONA
Empleo

Guía para acceder a la bolsa de trabajo de la nueva televisión valenciana

Plazos, requisitos y cómo presentar las solicitudes de los candidatos a obtener un empleo en RTVV

VALENCIA Actualizado: Guardar
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La Corporación Valenciana de Medios de Comunicación (CVMC) abre hoy, miércoles 7 de junio, el plazo de recepción de solicitudes para acceder a la bolsa de empleo temporal de la nueva radiotelevisión valenciana (RTVV).

La resolución de la CVMC, publicada ayer en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, indica los trámites para presentar las solicitudes, los requisitos y el plazo del que disponen los aspirantes, así como la relación de los puestos de trabajo ofertados.

1. Cómo presentar la solicitud

Las personas aspirantes a integrarse en la bolsa presentarán la solicitud exclusivamente por vía telemática, según modelo normalizado, que estará accesible en la sede electrónica de la Generalitat aquí.

En caso de presentación de más de una solicitud para una misma categoría, únicamente se tendrá en cuenta la última presentada, anulándose las anteriores.

2. ¿Es necesario tener el certificado de firma?

No. Si no se hace uso del certificado de firma electrónica, también deberá presentarse la solicitud telemáticamente, imprimir la solicitud y documentación adjunta y presentarla en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. Plazos

Los interesados en optar a esas bolsas de trabajo podrán presentar sus solicitudes en el plazo de diez días hábiles a contar desde este miércoles 7 de junio, y tendrán que hacerlo exclusivamente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat.

4. Requisitos de los aspirantes

a) Nacionalidad: tener la nacionalidad española, ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o de algún estado al que sea de aplicación la libertad de circulación de trabajadores. Independientemente de su nacionalidad, el cónyuge de las y los españoles y de las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el cónyuge de los nacionales de algún estado en los que sea de aplicación la libertad de circulación de los trabajadores, siempre que no estén separados de derecho.

Asimismo y con las mismas condiciones que los cónyuges, podrán participar los descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. También podrán participar en la presente convocatoria las personas extranjeras con residencia legal en España.

b) Edad: haber cumplido dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Titulación: estar en posesión de la titulación exigida para el acceso a las categorías a cuyas bolsas se opte o equivalente y que figura en la relación de puestos de trabajo de la CVMC, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Capacidad: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. Su acreditación se efectuará con el correspondiente certificado médico oficial.

e) Habilitación: no hallarse inhabilitado por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su estado el acceso al empleo público.

d) Cumplir el resto de los requisitos exigidos para cada categoría que figuran en la Relación de Puestos de Trabajo de la CVMC.

5. Baremo de méritos profesionales

La puntuación máxima que se puede lograr es de 50 puntos en total. Contarán cualquiera de los siguientes:

Experiencia profesional: hasta un máximo de 19.

Superación de procesos selectivos en el grupo de la antigua: hasta RTVV: 7'5.

Haber prestado servicios en otras categorías profesionales en RTVV: un máximo de 2'5 puntos. (0,07 puntos por cada mes completo de servicio en activo).

Los servicios prestados en puestos de trabajo en otras administraciones públicas u otros entes públicos prestadores del servicio de radiodifusión o televisión que pertenezcan a la misma categoría laboral o equivalente, aportarán 0,05 puntos por cada mes completo de servicio en activo.

El tiempo en entidades privadas del sector audiovisual, en puestos de categoría laboral o equivalente, sumará 0,04 puntos por cada mes completo.

6. Baremo de méritos académicos

Conocimiento del Valenciano: hasta 5 puntos.

Idiomas extranjeros y otras lenguas oficiales del Estado: hasta 4 puntos.

Otras titulaciones: hasta 4'5 puntos.

Cursos de formación y perfeccionamiento: hasta 5 puntos.

Personas con diversidad funcional: tendrán 1'5 puntos cuando el grado sea igual o superior al 33 %, y 2'5 puntos si es igual o supera el 65 %.

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