LGTBI

La Generalitat Valenciana estudia sancionar unos cursos para «curar la homosexualidad»

Abiertas diligencias contra el grupo Verdad y Libertad por posible incumplimiento de la ley LGTBI

La consellera de Igualdad, Mónica Oltra, en la comisión de derechos inclusivos ABC

ABC

La Generalitat Valenciana investiga unos cursos para «curar la homosexualidad» para decidir si sanciona a sus promotores, de un grupo llamado «Verdad y Libertad », que ofertan esta formación en sedes religiosas, aunque no tienen ningún vínculo con el Arzobispado de Valencia.

La Dirección General de Igualdad en la Diversidad de la Administración autonómica va a abrir las diligencias previas a un posible expediente sancionador.

Según han informado fuentes del departamento, en el caso de producirse, el expediente sancionador se realizaría por incumplimento del artículo 60.4. de la ley LGTBI, que regula las infracciones muy graves. Esta sanción respondería a unos cursos que, según publica eldiario.es, habría ofrecido el colectivo 'Verdad y Libertad' en sedes religiosas. No obstante, ni esta organización ni sus actividades tienen relación con el Arzobispado de Valencia, según ha podido saber Europa Press.

Entre los motivos que motivan este tipo de sanción se encuentran la realización, difusión o promoción de métodos, programas o terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de las personas, con independencia del consentimiento prestado por la persona sometida a estas terapias.

Posibles castigos

Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 60.001 hasta a 120.000 euros , y además podrán imponerse sanciones accesorias como la prohibición de acceder a cualquier ayuda pública de la Generalitat por un período de tres a cinco años o la inhabilitación temporal , por un período de tres a cinco años, para ser titular, la persona física o jurídica, de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos.

También se podría sancionar la prohibición de contratar con la Generalitat , sus organismos autónomos o entes públicos por un periodo de entre tres y cinco años y el cierre o suspensión temporal del servicio, la actividad o la instalación por un plazo de hasta cinco años.

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