Tribunales

La Generalitat afirma que no ha habido ninguna infracción en la elección de Empar Marco en À Punt

El juicio del periodista Pere Valenciano contra la directora general de radiotelevisión valenciana queda visto para sentencia

Ximo Puig y Empar Marco, en una imagen de archivo ROBER SOLSONA
Rosana B. Crespo

Esta funcionalidad es sólo para registrados

El juicio contra el proceso de elección de Empar Marco como directora general de la nueva radiotelevisión valenciana ha quedado este lunes visto para sentencia tras la vista celebrada en el juzgado de lo contencioso administrativo número 5 de Valencia. Éste admitió a trámite el recurso del periodista Pere Valenciano , uno de los veinte candidatos que se presentaron al concurso público para esta designación y que no resultó elegido, por considerar que el proceso estaba «amañado» y todos los que concurrieron no partían en igualdad de condiciones.

El baremo que se estableció asignaba un un 60% de la nota final para el proyecto, un 30% a los méritos y un 10% a la entrevista personal. Sin embargo, para la letrada de Valenciano resulta «sospechoso» que la candidata ganadora «cumpliera con todos los puntos que se valoraron tras finalizar el plazo de presentación de proyectos». Una acusación a la que la Abogacía de la Generalitat ha respondido que «no ha habido vulneración de lo que consta en las bases del proceso» porque los criterios «fueron fijados antes de abrir los sobres» con la documentación presentada por los aspirantes.

También ha defendido que durante la selección no ha habido ninguna infracción y que se trata de un puesto de alta dirección de una sociedad anónima que, por tanto, no se rige por la ley de función pública . «No tenemos que confundir un concurso público con el de provisión de puestos de trabajo o el de oposición», ha señalado el abogado de la Generalitat durante la vista, quien ha indicado que «se obvia que el proceso valora la idoneidad del candidato».

Según ha expuesto, se han respetado los principios de transparencia, igualdad, mérito y capacidad. Todo ello realizado en base a la normativa propia de la entidad , una cuestión que, ha señalado, se omite en la demanda de Pere Valenciano. Aun en caso, ha proseguido el abogado, de que se aplicara esa normativa de función pública, no se puede imputar ninguna omisión procedimental del órgano de selección.

Le letrada del periodista ha hecho hincapié en que no todos los miembros del Consejo Rector leyeron la totalidad de los proyectos presentados, sino que cada uno estudió uno o dos y los expuso públicamente al resto para que los votaran. «No era una manera objetiva de valorarlo», ha indicado, a lo cual el abogado de la Generalitat ha contestado que todos los miembros del órgano votaron todos los proyectos .

«Nada más» que la revocación de Marco

Otro de los argumentos que han usado es el cuestionamiento de la legitimación activa del periodista por su pretensión, ya que tendría que haber un efecto positivo con la anulación del procedimiento, algo que, según la Generalitat, no se produciría. Una visión en la que ha diferido la letrada de Valenciano, quien entiende que sí que redundaría en un beneficio porque se le puntuaría de forma más objetiva .

También han destacado que la demanda interpuesta por Pere Valenciano es una «mera reproducción» del recurso de reposición presentado ante el Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC) «sin argumento ni matiz nuevo». Lo cual supone, en opinión de Abogacía de la Generalitat, un «vacío de fundamentación del recurso y resulta inviable con la práctica procesal».

«No hay nada en concreto que se quiera más que la revocación de la persona nombrada» , ha apuntado el abogado, quien ha criticado que el recurrente no explica en qué puntos concretos de le podría haber valorado mejora para que el Consejo Rector lo detallara.

En el juicio de este lunes, Pere Valenciano también ha tratado de incluir en su demanda las incompatibilidades de Vicente Vergara , uno de los miembros del Consejo Rector. Éste figuraba como apoderado de la sociedad que edita la publicación Cartelera Turia, con lo que podía incurrir en incompatibilidades con su cargo. La juez, sin embargo, ha desestimado sumar estos hechos porque entiende que no es el momento procesal oportuno y los registros en los que constaban existían con anterioridad a la presentación del escrito. También ha rechazado las declaraciones como testigos de todos los miembros del órgano al no tener «utilidad».

Desde Abogacía de la Generalitat, además, han indicado que esa incompatibilidad no tiene «por qué ser determinante» para la nulidad de lo actuado. Pere Valenciano no descarta recurrir la decisión de la juez y presentar esta cuestión en un nuevo procedimiento.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación