Tribunales

Condenan a la mujer del presidente de las Cortes Valencianas por llamar a un asesor del PP «maricón d'Espanya»

Tona Català tendrá que pagar una multa de 900 euros y 3.000 euros de indemnización a Luis Salom

El asesor del PP Luis Salom, en una imagen de archivo ROBER SOLSONA
Rosana B. Crespo

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El Juzgado de lo Penal número 4 de Valencia ha condenado a la periodista Tona Català, esposa del presidente de las Cortes Valencianas, Enric Morera, al pago de una multa de 900 euros y a una indemnización de 3.000 euros al asesor del PP en el Ayuntamiento Luis Salom por insultarle a través de redes sociales .

A raíz del estallido del caso Taula en enero de 2016, en el que acabaron medio centenar de concejales y asesores populares investigados por presunto blanqueo de capitales, la mujer de Morera publicó en su muro de Facebook un mensaje en abierto en el que adjuntaba una foto de Salom con un texto en el que lo llamaba «puto fatxa, maricón d'Espanya, adoptat per uns güelos de l'Opus» .

Éste la denunció y durante la vista Català aseguró que se arrepentía de sus palabras, de las cuales ya había hecho una rectificación, y que lo dijo igualmente en el acto de conciliación. Asimismo, argumentó que estaba «muy cansada» porque Salom llevaba «tres años arremetiendo contra su hija, que era menor de edad, a través de las redes sociales y calificándola como una 'guarra'». La periodista señaló que entonces no quisieron llevarlo a los tribunales por las circunstancias personales de su marido.

La juez, sin embargo, no considera que haya pedido perdón en las dos ocasiones que cita: ni en el acto de conciliación ni en la carta en la que rectificó el primer día (donde dice que no está orgullosa pero justifica las expresiones). Sí lo hizo en el juicio, aunque el asesor no se lo admitió.

«Atentado contra el honor»

Para la magistrada, los insultos y el sentido de todo el texto en general son «claramente ofensivos» y constituyen «un atentado contra el honor» de Salom, al no contener imputación de hechos sino juicios de valor, con un ánimo difamatorio «inherente» a su uso. Además, al haber sido publicadas en una red social, apunta que exceden del ámbito privado y no están conectadas con el ejercicio de un derecho fundamental como la libertad de expresión o de información, al no llevar aparejadas informaciones, hechos o actuaciones para valorar o criticar.

Estima probado, así, que Salom es una persona pública no sólo por el desempeño su cargo, sino porque con anterioridad ya aparecía «con cierta frecuencia» en los medios de comunicación por su «afinidad» con políticos y cargos del PP y entiende que si bien las palabras de Català no contribuyeron «de manera significativa» a la imagen que el asesor proyectaba de forma pública, sí se vio afectado su honor.

La juez la considera, por todo ello, autora de un delito de injurias graves con publicidad , sin circunstancias modificativas de la responsabilidad. Contra la resolución cabe recurso de apelación.

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