Elecciones autonómicas 28A

¿Cómo puedo evitar estar en una mesa electoral de las elecciones valencianas 2019?

Los ayuntamientos empezarán a remitir las notificaciones este miércoles y hay siete días de plazo para recurrir

Imagen de una mesa electoral en Valencia ABC

ABC

En los próximos días puede recibir una notificación en su casa dirigida por el Ayuntamiento de Valencia, que ha celebrado este martes el sorteo público para elegir a los miembros de las mesas electorales (un presidente y dos vocales para cada una de ellas, con sus correspondientes suplentes), para las elecciones autonómicas valencianas 2019.

Tanto el presidente, como los vocales y suplentes están obligados a acudir a la mesa electoral el día de las votaciones. Quien no lo haga, abandone la mesa sin causa legítima o incumpla sus funciones, podrá ser sancionado de acuerdo a la ley con pena de prisión de tres meses a un año o multa de 6 a 24 meses.

La ciudad de contará el 28 de abril, día de las elecciones generales y autonómicas , con un total de 926 mesas electorales, en las que podrán ejercer su derecho al voto un total de 581.771 ciudadanos.

Los requisitos para formar parte de las mesas electorales son saber leer y escribir y tener menos de 70 años (aunque se puede renunciar a partir de los 65), y en el caso de las personas que ejerzan como presidente deben tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo Grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente.

Los ciudadanos que hayan resultado elegidos disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo.

Causas justificadas

El Ministerio del Interior establece las causas justificadas por las que se puede alegar. Los motivos se dividen en causas personales, familiares y profesionales.

Entre los motivos que jusfican que se puede evitar estar en una mesa en las elecciones del próximo 28 de abril se encuentran en el ed der mayor de 65 años; discapacitado; estar enfermo o de baja (presentando baja médica); estar embarazada de más de seis meses o en cualquier momento del embarazo si es de riesgo.

Además, puede servir de justificación el hecho de tener prevista una intervención quirúrgica o pruebas médicas importantes el día de los comicios, en las vísperas o en las jornadas posteriores. También pueden evitar formar parte de una mesa electoral las personas que pertenezcan a a una comunidad religiosa en régimen de clausura. El cambio de residencia habitual a otra comunidad es otra de las causas justificables.

Además, las madres con bebés menores de nueve meses y las personas que atienden el cuidado directo y continuo de menores de 8 años, discapacitados o familiares mayores o enfermos, también pueden eludir su presencia en las mesas electorales.

Otras causas para eludir la asistencia a la mesa electoral en el caso de haber sido elegido en el sorteo celebrado este martes son las de tener previsto un evento familiar de especial relevancia, que resulte inaplazable o que el aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, así como ser padre o madre de un menor de 14 años cuando el otro progenitor no pueda ocuparse del menor durante la jornada electoral y careciendo de familiares directos que puedan hacerlo.

Mientras, no tienen obligación de formar parte de las mesas las personas que presten sus servicios a las juntas electorales, los juzgados, las administraciones públicas con funciones electorales, personal sanitario, protección civil o bomberos. En el caso de los medios de comunicación, están exentos los directores y los jefes de servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.

El día de las elecciones se abrirán en la ciudad de València 275 colegios electorales, con un total de 926 mesas, cada una de las cuales tiene un máximo de 998 electores y un mínimo de 243, según criterios geográficos.

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