Pego (Alicante)

Absuelto un narcotraficante ya condenado porque registraron su casa sin pedirle permiso

La Guardia Civil acudió al domicilio por una denuncia de malos tratos de su mujer y el sospechoso reconoció que la droga era suya

Un agente de la Guardia Civil en una intervención de drogas ABC

ABC

Un presunto narcotraficante condenado a un año de prisión ha quedado absuelto al considerarse ilícito el registro de su casa en Pego (Alicante) porque él no estaba presente y no le pidieron permiso , según una sentencia difundida este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV)

La Audiencia de Alicante ha revocado la condena impuesta por un juzgado de lo Penal de Benidorm, debido a que ese registro se practicó en su ausencia, sin su consentimiento y sin presencia de su abogado, mientras él se encontraba detenido, lo que, a juicio de la Audiencia de Alicante, vulneró su derecho de defensa y a la inviolabilidad de su domicilio.

Ocurrió el 29 de febrero de 2016, cuando la Guardia Civil se presentó en casa del acusado después de que su mujer le denunciara por violencia de género.

Los agentes inspeccionaron el domicilio con el consentimiento de la denunciante y hallaron en un armario empotrado, dentro de ocho botes de cristal, 376 gramos de marihuana.

El acusado admitió durante el juicio la propiedad de esas sustancias y a legó que eran para su autoconsumo , pero fue condenado a un año de prisión y al pago de una multa de 1.665 euros como autor de un delito contra la salud pública.

Sin embargo, la Sección Tercera de la Audiencia de Alicante ha revocado ahora esa condena y le ha absuelto tras estimar el recurso de apelación presentado por su defensa.

Los magistrados consideran "patente" que el registro practicado por la Guardia Civil en la vivienda del recurrente "es nulo", pues se realizó, a pesar de estar detenido el investigado, " sin recabar su consentimiento, que, en caso de negativa, hubiera conllevado solicitar autorización judicial".

"Dicho registro, además, debió realizarse en presencia del detenido y asistido de un letrado, por lo que se ha vulnerado su derecho de defensa y la inviolabilidad del domicilio del imputado", lo que determina "la nulidad de la diligencia", según la Audiencia de Alicante.

Además, "si bien el acusado ha reconocido la propiedad de la droga intervenida en la entrada y registro, su declaración, tanto en instrucción como en el plenario, estuvo condicionada intensamente por la evidencia de las drogas que poseía", dice el fallo.

"Ante esa realidad incuestionable, nada se puede hacer salvo reconocer la evidencia, pues lo contrario no dejaría de ser un ejercicio de irracionalidad pueril e incluso ridícula", añade la sentencia de apelación, fechada el pasado mes de diciembre.

En cualquier caso, para la sala, ese reconocimiento no fue libre ni espontáneo, sino que estuvo "inexorablemente marcado por la ilicitud" de la diligencia de entrada y registro, que él desconocía.

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