La primera sentencia por las cargas del 1-O absuelve a un guardia civil

El juez concluye que el agente golpeó «proporcionadamente» a una activista en un colegio de Sant Esteve Sesrovires

Actuación de la Guardia Civil en un colegio del referéndum ilegal el pasado 1 de octubre de 2017 EFE

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La primera sentencia de la que hay constancia por hechos relacionados con el referéndum ilegal ha acabado con la absolución de un guardia civil. El agente, que aquel 1-O golpeó con la porra a una activista que trataba de impedir el decomiso de las urnas en un colegio de Sant Esteve Sesrovires, actuó «proporcionalmente». No se ensañó con ella, pues solo le golpeó una vez en las piernas –«en la zona menos lesiva posible, como es el muslo», dice el fallo– para abrirse paso hacia las urnas. Y lo hizo, además, tras haberle avisado previamente de que se apartara. Fue un único golpe que le dio, concluye el juez, con la intención de alejar a la denunciante de la puerta. Y le dio además con la porra, «el instrumento reglamentario menos lesivo».

En resumen, la sentencia concluye que el porrazo a la activista –que no necesitó de tratamiento médico– «no puede considerarse desproporcionado atendiendo a la situación en que se produjo». Y es que, recuerda el juez, la activista independentista «sabía que no podía acercarse a la puerta». A pesar de ello, lo hizo. Con las manos en alto, eso sí, pero pudiendo provocar, con su desafío, que más concentrados la siguieran y taponar otra vez la entrada al centro, impidiendo que los agentes pudiesen cumplir con su deber de requisar las urnas e impedir la consulta ilegal. Si el policía no hubiese usado la porra –concluye el juez, de Martorell (Barcelona), en su fallo– no habría podido cumplir con este mandato que les había encomendado el TSJC.

El juez, de esta forma, da la razón tanto a la Fiscalía como a la Abogacía del Estado –que ejercía de defensa del agente–, que pedían la absolución de este guardia civil. La acusación particular, por el contrario, le reclamaba 1.080 euros por dos delitos leves de lesiones, pues eran dos los denunciantes. Pero en este segundo caso, en el juicio, que se celebró el pasado 25 de enero, no quedó probado ni siquiera que el agente que se sentó en el banquillo fuese el autor del porrazo denunciado.

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