TRIBUNALES

Primera sentencia en Valladolid que impone a un padre la custodia compartida forzosa

Fue la madre quien interpuso una demanda que obligara a repartir el cuidado de sus hijos

Imagen de archivo de los juzgados de Valladolid ICAL

ABC

El Juzgado de Primera Instancia número 13 de Valladolid ha dictado la primera sentencia en la capital del Pisuerga que impone a un padre la custodia compartida de manera forzosa , en línea de otra que el pasado mes de febrero fue notificada en Córdoba en una situación similar.

En el presente caso, según informaron a Ep fuentes jurídicas, la madre tenía la custodia de dos menores, tras un divorcio de mutuo acuerdo sustanciado en este mismo Juzgado el 26 de febrero de 2015, y fue la propia progenitora la que interpuso demanda de modificación de medidas definitivas por alteración sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de su establecimiento, solicitando que se obligara al padre a asumir la custodia compartida.

En la demanda, la actora, representada por el letrado Álvaro Gimeno Vela , pidió el cambio de guarda y custodia de los hijos menores para que se estableciera de modo compartido y, subsidiariamente, que se incrementara en un 20 por ciento la pensión de alimentos en su día fijada, solicitud esta última que no ha sido atendida, con lo que, al estimarse la primera pretensión, se acuerda que los gastos de los niños serán costeados a partir de entonces al 50 por ciento.

La sentencia, entre otros argumentos, indica que «desde que separaron los hoy litigantes ha recaído sobre la madre una mayor carga para el cuidado de los hijos», además de alegar que el padre no ha probado «que tenga un singular horario de trabajo » que le impida cuidar a sus hijos. A tenor del interrogatorio, debió de estar referida a la necesidad que tenía el demandado de dedicar un número de horas indeterminado porque se encontraba realizando el trabajo necesario para obtener el grado de doctor. «Tal especial dedicación ya no puede tenerse en cuenta porque, ya ha obtenido ese título y trabaja en un puesto conforme a su formación y con un horario semanal de 37,5 horas, con lo que tiene presunta dedicación laboral idéntica a la que tiene y ha tenido la madre de los menores», asevera el fallo judicial.

Además, la magistrada entiende que, debido a la edad de los dos hijos en común, éstos precisan de un mayor contacto con el progenitor y una mayor implicación de él en la vida cotidiana de su hijos, máxime cuando los menores cuentan con problemas de adaptación en el colegio.

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