Una mujer muere de cáncer con metástasis debido a un olvido en la cita durante el proceso diagnóstico

El Servicio de Salud de Castilla y León ha admitido una negligencia cometida con una paciente que falleció debido a la mala organización de las citas en el Hospital General de Segovia y ha aceptado indemnizar a la familia con 59.523 euros

El complejo del Hospital General de Segovia Clinicahospital

ABC | EFE

Ir al hospital debido a un bulto en el pecho. Un diagnóstico negativo. Un olvido en una nueva cita para continuar con el proceso diagnóstico y descartar males mayores. Volver al hospital. Y que ya no hubiese remedio. Este fue el «cóctel» de despropósitos que provocó la muerte de una mujer tras visitar el Hospital General de Segovia.

El Servicio de Salud de Castilla y León ha admitido una negligencia cometida con una paciente que falleció por no completar el proceso diagnóstico de un cáncer de pulmón debido a la mala organización de las citas en el Hospital General de Segovia y ha aceptado indemnizar a la familia con 59.523 euros .

La orden de la Consejería de Sanidad por la que se ha resuelto la reclamación interpuesta determina que se sanciona la «desidia» o «falta de utilización de todos los medios protocolizados para el diagnóstico o tratamiento del paciente», según el documento proporcionado por el abogado de la asociación El Defensor del Paciente, Carlos Sardinero.

La paciente, de 69 años en el momento del fallecimiento, fue sometida a un TAC en 2011, que «sugería la presencia de cáncer» , según Sardinero. Unos meses después le realizaron una broncoscopia que resultó negativa para malignidad, motivo por el que, a su juicio, debía haber sido citada para ser sometida a más pruebas con objeto de confirmar o descartar definitivamente el diagnóstico.

Sin embargo, el médico le explicó que la broncoscopia era normal y, por lo que ha calificado de un «error inexplicable» en el sistema de citas, no volvieron a llamarla, tampoco ella se puso en contacto porque «desconocía el resultado del TAC y le habían dicho que el bulto era normal».

Asimismo, la sentencia considera probado que por parte de la Administración «no se llegó a completar el proceso diagnóstico» comenzado en enero de 2011 ni con propuesta terapéutica ni diagnóstica. Por otra parte, desde la Consejería han reconocido que el siguiente paso diagnóstico que se tendría que haber adoptado hubiera sido la realización de una punción aspiración con aguja fina en la parte transtorácica, a pesar de la dificultad que presentaba por la localización del nódulo, así como su pequeño tamaño.

En este sentido, han insistido en que la responsabilidad en la organización y gestión de las citas y en la transmisión de resultados es de la Administración Sanitaria y, en este caso, «no ha podido acreditarse que la actividad se haya desenvuelto con normalidad». En marzo de 2014, después de acudir a su médico de Atención Primaria por cuadro de cansancio, deposiciones diarreicas, náuseas y fiebre, fue diagnosticada de un tumor maligno de pulmón, pero ya «no había tratamiento curativo» debido a que el cáncer se encontraba diseminado por todo el cuerpo y la paciente falleció unos meses después, en diciembre de 2014.

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