Toro de la Vega

El TSJ de Castilla y León avala el decreto de la Junta contra el Toro de la Vega

Rechaza el recurso del Ayuntamiento de Tordesillas que cuestiona la norma del Gobierno regional

Última edición del Toro de la Vega, en 2015 F. HERAS

J. M. A.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Tordesillas contra la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Valladolid que avaló el pasado mes de octubre el decreto de la Junta de Castilla y León que prohibía que en el polémico Toro de la Vega se lanceara y diera muerte al animal.

Con anterioridad, en diciembre de 2016, el Tribunal Constitucional ya se pronunció asegurando que la norma autonómica no vulneraba competencias municipales y ahora el TSJ considera que «no hay razones» para cuestionar la constitucionalidad de la decisión, informa Ical

En el mes de mayo de ese mismo año, la Junta de Castilla y León aprobó el Decreto Ley que prohibía dar muerte a las reses de lidia en presencia del público en los espectáculos taurinos populares y tradicionales en Castilla y León, lo cual suponía la imposibilidad de celebrar igual que como se venía haciendo en ediciones anteriores el Torneo del Toro de la Vega, en la localidad de Tordesillas, Valladolid.

El Ayuntamiento de Tordesillas solicitó no obstante con posterioridad, ante la Junta de Castilla y León, autorización para la celebración del Torneo del Toro de la Vega en ese mismo año 2016, tal y como lo había hecho en años anteriores.

Por parte de la Junta de Castilla y León se le denegó la autorización en junio de 2016, al considerar que no era posible, pues ya estaba vigente el Decreto Ley que impedía en esta Comunidad la celebración de espectáculos taurinos populares y tradicionales en los que se diera muerte a las reses en presencia de público. Como consecuencia, el Ayuntamiento de Tordesillas acudió ante el Tribunal Constitucional y ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo manifestando su desacuerdo como ha hecho ahora el TSJ de Castillay León.

Ahora, el consistorio deberá decidir en los próximos 30 días si interpone un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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