Sociedad

Indemnizan con 12.000 euros a un niño por caerse de un tobogán en el colegio

Ocurrió en Monzón (Huesca), en un colegio del Gobierno aragonés. Al pequeño le han quedado secuelas en un codo

Colegio público Monzón-3, en el que se accidentó el pequeño. El centro depende del Gobierno aragonés

R. P.

El Gobierno aragonés ha aceptado indemnizar con 12.000 euros a un niño que se hirió en el codo al caerse de un tobogán en un colegio público de Monzón (Huesca) . Los hechos se produjeron en septiembre de 2015, cuando el pequeño tenía 3 años, pero es ahora cuando ha culminado el proceso administrativo que se abrió tras la reclamación que presentaron los padres.

La compañía de seguros que tiene contratada el Gobierno aragonés se opuso a indemnizar a los padres por entender que lo ocurrido se debió a un caso «de fuerza mayor o fortuito», que no hubo un comportamiento negligente por parte del personal que tenía que vigilar a los niños en el recreo ni había deficiencias en las instalaciones.

El pequeño se cayó desde la parte alta del tobogán, al resbalar cuando pisó uno de los escalones. Cayó al suelo y se fracturó el epicóndilo de su codo derecho -lesión de la cara externa del codo-.

En ese momento había tres personas al cuidado de los 42 niños de Infantil que estaban en el recreo del CEIP Monzón-3. Los informes administrativos coinciden en que no hubo una vigilancia negligente y que el personal intervo rápidamente para recoger al niño y procurarle atención. El tobogán también reunía los requisitos técnicos exigidos y estaba instalado sobre un pavimento blando para reducir los impactos en caso de caídas.

Si embargo, el Consejo Consultivo de Aragón –órgano del Ejecutivo regional que ha emitido el informe jurídico final- considera que el hecho de que no hubiera un funcionamiento negligente o anormal no exime de responsabilidad a la Administración en este caso concreto, por tratarse de un niño de muy corta edad que debe contar con una protección jurídica especial. Concluye que «el niño no tenía el deber de soportar el daño, que por esa razón es antijurídico y, por tanto, generador de responsabilidad patrimonial» . Fue un «daño que debió evitar la Administración», dice el informe del Consejo Consultivo de Aragón.

Se reconoce así la reclamación que plantearon los padres por los daños sufridos por su hijo. La indemnización ha quedado fijada en un total de 12.602 euros: 1.508 euros por los 29 días que permaneció con el brazo escayolado; 9.060 euros por los «302 días de perjuicio personal básico» que transcurrieron desde que se le retiró el yeso hasta que el menor recibió el alta médica; 1.788,88 euros por las secuelas que le han quedado en esa zona del codo de su brazo derecho -«dos puntos de secuelas por la deformidad del epicóndilo»-, y algo más de 200 euros en concepto de kilometraje, por los más de 1.200 kilómetros de viajes acumulados para que el niño recibiera asistencia sanitaria y revisiones en centros de Lérida y de Zaragoza.

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