Compañeros de la fallecida, atendidos por la Guardia Civil y psicólogos tras el accidente
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Tribunales

Exculpados los tres monitores scout a los que se achacó la muerte de una menor

La juez no ve delito por homicidio imprudente en la arriesgada excursión nocturna que le costó la vida a la joven

Zaragoza Actualizado: Guardar
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La juez de Boltaña, María Sáenz Martínez, ha archivado la causa por homicidio imprudente que se abrió el año pasado contra tres monitores del grupo Scout Xaloc de Sabadell, tras la muerte de una adolescente de 15 años que se despeñó durante una peligrosa excursión nocturna en el Pirineo aragonés.

La muchacha falleció en la madrugada del 20 de julio del año pasado, horas después de haber quedado malherida al caer a un barranco. Se resbaló desde un cortado por el que discurre un estrecho sendero dotado de cadenas para que quienes pasan por él puedan agarrarse.

La adolescente formaba parte de un grupo de 24 scouts y tres monitores de Sabadell que habían recalado en el Parque de Ordesa (Huesca), dentro de un periplo de acampadas veraniegas.

Aguantó con vida durante horas. Pero el hecho de que la travesía en la que se accidentó se estuviera realizando en plena noche -se despeñó a las 23.30 horas del 19 de julio-, la falta de cobertura telefónica en la zona y las dificultades orográficas impidieron que pudiera prestársele asistencia médica hasta el día siguiente, con las primeras luces del día. Para entonces, ya había fallecido.

Lo ocurrido motivó la apertura de diligencias judiciales. La Fiscalía pidió la imputación de los tres monitores por un presunto delito de homicidio imprudente -imprudencia grave con resultado de muerte-. Ahora, sin embargo, la juez de Boltaña ha decidido el sobreseimiento de la causa, por entender que los monitores no incurrieron en ese delito y que, como máximo, se les podría achacar una falta de imprudencia menos grave.

De haber prosperado la acusación judicial contra ellos por homicidio imprudente, se habrían enfrentado a penas de entre uno y cuatro años de prisión -la imprudencia menos grave no conlleva penas de prisión, sino de multa-.

En las diligencias instruidas, además, no se personaron como acusación los padres de la adolescente fallecida. Constaba únicamente como querellante la Fiscalía.

Tras examinar las circunstancias en las que se produjo este accidente mortal y valorar los informes aportados por la Guardia Civil, la juez de Boltaña ha determinado que «no se aprecia el grado de imprudencia grave en la actuacion de los investigados, al no apreciarse la vulneracion las elementales normas de cautela o deberes de cuidado» que les era exigible a esos tres monitores. Considera la juez que el director y monitores de la acampada itinerante «adoptaron decisiones que fueron objetivamente razonables, aunque no resultaron acertadas».

Respecto a la decisión de hacer esa marcha nocturna que incluía un paso peligroso -en el que se produjo el accidente mortal-, la juez afirma que tampoco les es achacable, porque -dice en su auto- «escogieron la ruta recomendada por los guardas forestales por ser más fácil y segura» ante las alternativas con las que se encontraron, y que «adoptaron las medidas posibles con los medios que tenían». En cualquier caso, considera que «hubiera sido más prudente» no haber realizado esa marcha por la noche, pero entiende que decidieron llevarla a cabo no por una planificación previa sino por circunstancias «sobrevenidas», al no haber podido cumplir el programa de actividades que habían diseñado en un principio.

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