El uso de la vivienda familiar se perderá en caso de divorcio si en la casa entra un tercero

La sentencia del Supremo es pionera. Es la valoración del abogado de familia Felipe Fernando Mateo...

ATLAS ESPAÑA

La sentencia del Supremo es pionera. Es la valoración del abogado de familia Felipe Fernando Mateo Bueno, el letrado que ha llevado el caso, que lo ganó en primera instancia en Valladolid. El letrado afirma que el alto tribunal se ha pronunciado sobre una materia que nunca había abordado y que acaba con una injusticia, la de que haya ex cónyuges "obligados a pagar la vivienda en la que su ex pareja vive con una tercera persona".La sentencia del Supremo argumenta que "La introducción de un tercero en la vivienda (...) cambia el  estatus del domicilio familiar". Y añade que "no tiene sentido que los hijos y el custodio sigan manteniendo  el uso de un inmueble (...) más allá del tiempo que se necesite  para liquidar la sociedad ganancial" Esto es, que cuando el cónyuge que tiene la custodia de los hijos formalice una nueva relación se liquide esa sociedad, o lo que es lo mismo, que se venda la casa y se reparta el importe o que la persona que la usa compre su parte a la que no tiene el derecho de uso.Sergio es uno de esos padres que al divorciarse perdió el derecho de uso de la casa familiar. Su situación es muy similar a la de la sentencia del Supremo. Él también ha interpuesto una demanda civil contra su expareja, que ya ha rehecho su vida, e incluso ha ampliado su familia con una nueva pareja en el domicilio familiar. Lo que pide Sergio es que esa tercera persona pague un alquiler por el uso de esa vivienda o, en su defecto, que se disuelva la sociedad de gananciales.La explicación legal a estos casos está en el artículo 96 del código civil. El uso de la vivienda familiar se le otorga al progenitor que tenga la custodia por el bien de los hijos. Ahora el Supremo dice que ese artículo se advierte "insuficiente" para resolver este tipo de casos. Es lo mismo que opinan abogados matrimonialistas como Ana Domínguez o Isabel Medina, que debería ser reformado para atender a posibles situaciones injustas. El Supremo dice que las personas divorciadas tienen derecho a rehacer su vida y que los hijos también lo tienen al hogar familiar per dice que en caso de nueva pareja el derecho de los menores "no puede desvincularse absolutamente del  de sus padres, cuando es posible conciliarlos". La letrada Primitiva Andrés sostiene que la sentencia lo que hace es reconocer ese derecho pero admitir que hay otras formas de garantizarlo en casos como este.Esta sentencia puede afectar ahora a miles de casos de divorcio. Sólo el año pasado en España fueron 98.000. En el 65 por ciento de los casos la custodia fue para la madre, sólo el 5 por ciento para el padre y el 30 por ciento restante fueron custodias compartidas.-Redacción-

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