El Tribunal Constitucional estudiará los recursos de los «Jordis» contra su prisión preventiva

El tribunal garante admite a trámite los recursos de amparo de los dos líderes independentistas

Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, el día en el que fueron encarcelados, tras declarar en la Audiencia Nacional JAIME GARCÍA
Luis P. Arechederra

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El Tribunal Constitucional estudiará la situación de prisión preventiva de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart , los líderes del independentismo en las calles, encarcelados de forma provisional para evitar que reiteren en los delitos que les atribuyen. El tribunal garante de la Constitución ha admitido a trámite los recursos de amparo presentados por los abogados de ambos investigados, en una decisión que no anticipa la resolución sobre el fondo del asunto.

Los magistrados de la Sala Primera del Tribunal Constitucional argumentan que se cumple el requisito de «especial trascendencia constitucional» para tramitar la petición, pues los recurrentes plantean «un problema que afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina». Sànchez y Cuixart fueron encarcelados el 16 de octubre por la primera investigadora de la causa por rebelión, la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, una decisión que después confirmó la Sala de lo Penal de dicho tribunal y el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena.

En el caso de Sànchez, el TC acuerda abrir una pieza separada para analizar su petición de suspensión cautelar de la decisión y da traslado a las partes para que informen. Tanto Sànchez como Cuixart continúan en prisión porque el juez Llarena aprecia riesgo de que reiteren en los delitos. El magistrado considera que sería de difícil reparación el daño generado por esa supuesta reiteración, al vincular a los encarcelados con los brotes violentos del proceso secesionista.

La defensa de Sànchez, en el recurso, denunció que se vulneró su derecho al juez predeterminado por la ley, al rechazar que la Audiencia Nacional fuera competente para investigarles. Imputados por sedición, la causa acabó absorbida por el Tribunal Supremo .

También alegaron que la juez Lamela no argumentó de la forma debida la prisión preventiva, la medida cautelar más grave, que permite encarcelar a una persona que no ha sido condenada para evitar que reitere en los delitos o entorpezca la investigación. Cuando la Sala de lo Penal confirmó la decisión, el juez José Ricardo de Prada emitió un voto particular en contra del encarcelamiento y alegó que la magistrada solo aportó «estereotipos al uso».

Entre los argumentos también se incluyó que la juez fue más allá que el propio fiscal, al considerar los riesgos de fuga y de destrucción de prueba, que el Ministerio Público no citó en su petición de prisión preventiva. La defensa del expresidente de la ANC alegó que la magistrada impidó a Sànchez defenderse, perdió su imparcialidad y vulneró así las garantías procesales necesarias.

El recurso de amparo «protege frente a las violaciones de los derechos y libertades» regulados en los artículos del 14 al 29 de la Constitución española, los considerados fundamentales, esenciales para la democracia y la dignidad humana. Gozan de una especial protección del ordenamiento jurídico y merecen preferencia. En caso de que no prospere, los investigados prevén acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, tras agotar las opciones en España.

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