A Puigdemont le molesta que el Supremo le llame «huido»

La Sala rechaza la petición del expresidente de que se refiera a él como «procesado ausente»

Rueda de prensa después del referéndum del 1-O del expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont. Inés Baucells

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El Tribunal Supremo ha desestimado la solicitud presentada por la representación de Carles Puigdemont, Clara Ponsatí y Lluis Puig para que no se les calificase como «huidos» sino como «procesados ausentes» o «exiliados». Los magistrados contestan que el término «huido», tal como se ha empleado en la causa, resulta «adecuado y en absoluto desconsiderado».

En un auto, los tres magistrados que ven las apelaciones contra las decisiones del instructor del caso, resuelve la petición de aclaración o rectificación formulada por los procesados citados contra un auto anterior de la misma Sala, donde se les menciona como «huidos» en dos ocasiones. Para estos procesados la expresión «huidos» era «impropia» y «desconsiderada».

En el auto que pretendían aclarar se hablaba en primer lugar de «huidos o sustraídos a la acción de la Justicia española» . Para la Sala, de ese modo, en el mismo renglón, por si hubiera alguna duda, se da la interpretación auténtica del término «huidos»; esto es, «huidos o sustraídos a la acción de la Justicia española» . «Esto y nada más es lo que ha dicho y lo que ha querido decir la Sala, sin perjuicio de conceptos utilizados por Prensa o en ámbitos extraños a este Tribunal», añade el auto.

Para el tribunal, «el término, así entendido, resulta adecuado y en absoluto desconsiderado». Recuerda además que la segunda vez en que se utiliza el término «huidos» en el auto, se hace referencia a la declaración formal o no de rebeldía de dichos procesados, que de haber constado en ese momento indubitadamente efectuada «hubiera dado lugar al empleo de la expresión técnica 'reo ausente' o 'declarado rebelde'».

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