Ana Julia asesinó a Gabriel y quiso humillar y hacer sufrir a sus padres

La Audiencia la condena a prisión permanente y a otros 8,5 años por dos delitos

Ana Julia Quezada, culpable del asesinato de Gabriel Cruz EFE | Vídeo: ATLAS

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«Sentí que Ana me hacía daño desde el primer día, estuvo jugando con nosotros, me hacía comentarios que percibía como hirientes y para hacerme daño» . Son las palabras de Patricia Ramírez, la madre del pequeño Gabriel, a puerta cerrada ante el Tribunal que juzgaba a Ana Julia Quezada. La magistrada Alejandra Dodero las recoge en su sentencia en la que condena a la acusada a prisión permanente revisable por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y a otros ocho años y medio de cárcel por sendos delitos de lesiones psíquicas y dos más contra la integridad moral, cometidos contra los padres del niño. Ana Julia, expareja de Ángel Cruz, es la primera mujer sentenciada a prisión permanente y se suma a las diez máximas condenas impuestas desde que entró en vigor esta medida en 2015.

Once días después de que un Jurado popular considerara a Quezada culpable de asesinato con alevosía, como pedía la Fiscalía, la magistrada de la Audiencia de Almería dio a conocer su fallo. La juez recurre a dos sentencias del Tribunal Supremo para justificar la pena impuesta. Señala que la alevosía apreciada por el Jurado se basa en la forma en que se cometió el delito , «sorpresiva, inopinada, y en la relación de confianza que existía hacia la persona de la acusada por parte de Gabriel» (alevosía convivencial). Añade que hay alevosía, independientemente de la edad del menor (ocho años). La edad (menor de 16 años) es una de las circunstancias que recoge la prisión permanente revisable . Es procedente, afirma la juez, la «hipercualificación», en atención «ahora sí, a la edad del pequeño». Esta era una de las dudas que se planteaban en el caso, dado que el Jurado no apreció ensañamiento. El Supremo, en la sentencia mencionada por la juez de Almería, concretó con ese criterio que son «dos bases diferentes para dos agravaciones diferentes» y, por tanto, no hay «bis in ídem».

Destaca además la juez un ánimo particularmente «ruin, cobarde o traicionero» cuando se da esta modalidad de alevosía convivencial o doméstica, dado que existe una relación previa de confianza que genera en la víctima su despreocupación respecto de un eventual ataque. Ana Julia era la pareja de Ángel, el padre de Gabriel, vivía con él y, por tanto, formaba parte de su entorno familiar cada vez que el niño estaba con su progenitor.

Se defendió muchísimo

La magistrada recoge el relato de hechos planteado inicialmente por la Fiscalía y que el Jurado consideró probado por unanimidad. Ana Julia, el 27 de febrero de 2018, llevó a Gabriel a la finca de Rodalquilar para que le ayudara a pintar y una vez allí, consciente de su superioridad, lo lanzó contra el suelo o la pared de la habitación y luego le tapó la boca y la nariz con sus manos hasta asfixiarlo. El fallo detalla el informe de los forenses que hicieron la autopsia al niño y que fue expuesto a puerta cerrada. Concluyeron que Gabriel murió por asfixia y que se defendió «muchísimo» antes de morir. Fue un acto único, no estuvo agonizando entre 45 y 90 minutos, no recibió una paliza, como sostuvieron los peritos de parte y la acusación.

Dado que Ana Julia reconoció que había matado a Gabriel cuando fue detenida , tras el veredicto de culpabilidad la gran duda era si la magistrada impondría la prisión permanente . Pero además de la máxima pena condena a la acusada por otros dos delitos: lesiones psíquicas, solicitado por la Fiscalía, y contra la integridad moral, a instancia de la acusación particular.

Por el primer delito le impone tres años de cárcel, respecto a Ángel Cruz, el padre, al concurrir el agravante de parentesco; y dos años y nueve meses con respecto a Patricia Ramírez, la madre, dado que no existe esa agravante. En el caso del delito contra la integridad moral la condena a un año y medio, respecto al padre, por la misma circunstancia, y a un año respecto a la progenitora del niño.

La magistrada repasa los actos que llevó Ana Julia «queriendo y siendo consciente de que aumentaba el sufrimiento» de Patricia y Ángel y menoscababa su salud psíquica. Cavar una fosa en la finca, propinar diversos cortes con un hacha en el brazo del niño que le provocaron la fractura de cúbito y radio o simular durante once días de búsqueda en ocasiones que estaba afligida y en otras generando falsas expectativas. Y añade en ese arsenal de hechos repulsivos, que colocara la camiseta de Gabriel en un cañaveral, desentarrara el cuerpo del pequeño y lo menospreciara con esas frases como puñales que le grabaron en el coche con el cadáver. Todos esos actos, precisa el fallo, causaron en los padres al enterarse un estado de conmoción emocional, un trastorno de estrés postraumático y otro de adaptación. Patricia sospechaba de Ana Julia, se lo cuenta a la Guardia Civil y le piden sigilo, y eso incrementa su estrés. En el caso de Ángel, que mantenía la esperanza de que el niño apareciera, tuvo que enfrentarse a que la asesina era su pareja. «La curación nunca será plena», dice la juez.

Ser protagonista

«En un principio creí que Ana quería apoyarme y estar a mi lado, animándome a que el niño iba a aparecer . Después he tenido la sensación de que ella quería ser protagonista», declaró Ángel. Hay también dos delitos contra la integridad moral. No se puede tratar a una persona como una cosa, degradarla. Y Ana Julia lo hizo. No se podrá acercar a ellos ni comunicar en 30 años, ni vivir o ir a Níjar, y tendrá que pagarles 250.000 euros a cada uno, además de lo que costó la búsqueda del niño: 200.203 euros.

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