Un juez condena a Podemos a pagar 64.300 euros al fotógrafo Pedro Armestre

La formación política había utilizado imágenes suyas para la pieza promocional «850 euros» vulnerando los derechos de propiedad intelectual del profesional

El líder de Unidas Podemos y candidato a la presidencia del Gobierno, Pablo Iglesias EFE

J. C. | Á. C.

Un juez ha condenado a Podemos a pagar 64.300 euros al fotógrafo Pedro Pablo González Rodríguez, más conocido como Pedro Armestre , por infringir sus derechos patrimoniales de propiedad intelectual al usar imágenes de su obra «Fuego» para la pieza documental promocional «850 euros» y que difundió en redes sociales «sin contar con la autorización del autor ni satisfacer cantidad alguna por dichos actos de explotación patrimonial».

Por un lado, se ha condenado al partido morado a abonar a Pedro Armestre 34.300 euros «por la infracción de derechos de índole patrimonial de propiedad intelectual». Por el otro, también se obliga a la formación a indemnizar al fotógrafo con otros 30.000 euros –llegando así a un total de 64.300– «por la infracción de los derechos morales ». Podemos ha recurrido la sentencia alegando que el vídeo no fue realizado por el partido, un argumento que ha sido desestimado en primera instancia.

En la sentencia, dictada por el Juzgado de lo Mercantil Nº 7 de Madrid, a la que ha tenido acceso ABC, queda probado que Pedro Armestre es el autor de unas imágenes de incendios forestales que fueron tomadas para el documental «Fuego», producido por Calamar 2, para su divulgación, que tiene una duración de 3 minutos y 42 segundos y que fue divulgado el 6 de mayo de 2013 en su canal de YouTube.

En dichas imágenes, producidas entre 2009 y 2012, aparecen las brigadas de bomberos luchando contra el fuego. Según el informe pericial que recoge el fallo, de una duración de 1.52 minutos del spot «850 euros», el 84% son imágenes de la obra de Pedro Armestre . Es decir, un total de 94 segundos, por lo que vulnera el derecho de propiedad intelectual, dando la razón al demandante.

El vídeo en cuestión fue utilizado por la sección de Podemos en Castilla y León en 2016 para tratar de visilibizar la problemática de las condiciones laborales de dichos bomberos en esta zona. En el minuto 1.36 figura una imagen de la diputada de esta formación Ana Marcello en el que dice que «Podemos iniciará un proceso legislativo para blindar el trabajo de las BRIF», utilizando de este modo las imágenes con un fin partidista y promocional e inmediatamente se cierra el vídeo con «En Castilla y León Podemos».

En el escrito de acusación, Pedro Armestre apuntaba que las imágenes «no solo fueron utilizadas sin autorización, sino que fueron cortadas, manipuladas y degradadas», omitiéndose cualquier tipo de mención hacia su persona. Ahora, la sentencia, ante la que cabe recurso de apelación, ordena «la eliminación, borrado y destrucción de cualesquiera materiales, archivos y registros digitales» tanto del anuncio publicitario y promocional «850 euros» como cualesquiera otros «en poder» de la formación morada en los «se reproduzca, parcial o totalmente, la obra original "Fuego”».

El abogado de Armestre, Antonio Lopez , un reputado especialista en propiedad intelectual, se muestra satisfecho con la sentencia, pero subraya: «Resulta impactante comprobar cómo una organización política como Podemos, con relevante representación en nuestras Cortes Generales, es condenada por un Tribunal por infringir los derechos de propiedad intelectual de un trabajador de la cultura como es nuestro cliente. No es el ejemplo a seguir. Y ello, por supuesto, con pleno respeto al criterio que finalmente establezca la sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid sobre el recurso de apelación interpuesto por Podemos contra la sentencia».

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