La familia de Cordón pide al Constitucional una nueva sentencia

Alegan que fue un homicidio y critican que se acepte a medias el relato del grapo arrepentido Silva Sande

Consideran lesionado el derecho de defensa por la valoración de una carta después del juicio oral

La vivienda de Lyon (Francia) donde fue retenido Publio Cordón, encontrada en 2012 tras las confesiones del grapo arrepentido Silva Sande ABC

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El empresario Publio Cordón salió de su casa un día de verano de 1995, para practicar deporte, y nunca regresó. Más de veinte años después, su familia no se rinde y sigue intentando que la Justicia aprecie un homicidio en el secuestro mortal, que llevaron a cabo los Grapo, un grupo terrorista de corte comunista, hoy en extinción.

El caso ha llegado por primera vez a la mesa del Tribunal Constitucional . La familia de Cordón ha presentado un recurso de amparo, al que ha accedido ABC, en el que pide que se anulen las sentencias previas, de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo.

Los jueces condenaron a los dos terroristas que custodiaron al empresario en una vivienda de Lyon (Francia) , José Ramón Teijelo y María Victoria Gómez , por el delito de detención ilegal, pero descartaron el homicidio. El Supremo rebajó la condena de 30 a 27 años y medio de prisión, pero avaló las tesis de la Audiencia Nacional: rechazó el homicidio y descartó anular la sentencia.

La familia reclama que se obligue al primer tribunal a dictar un nuevo fallo o, sino, que se repita el juicio con otros magistrados.

Según el letrado que representa a la familia, Juan Carlos Rodríguez-Segura, la Audiencia Nacional valoró una carta del terrorista arrepentido Silva Sande que no se debatió en el juicio, lo que les ha generado indefensión. El grapo la envió ya finalizada la vista. En la misiva, Sande sembraba supuestas dudas sobre el lugar donde los Grapo enterraron el cuerpo de Cordón, que nunca ha aparecido, al aludir a los Pirineos, después de haber señalado siempre a la zona montañosa de Mont Ventoux , en los Alpes franceses.

El relato de la agonía

La familia de Cordón denuncia que la carta –utilizada por los jueces para descartar el delito de homicidio– no es una prueba válida: no formó parte de la vista y no pudo ser sometida al contraste de argumentos entre las partes. El recurso, fechado el 3 de septiembre, lamenta que el Tribunal Supremo no anulara el fallo de la Audiencia Nacional, a pesar de invalidar la valoración de la carta como prueba.

En el juicio, Sande relató que los Grapo dejaron morir a Cordón, al no socorrerle cuando estaba herido por intentar huir, y evidenció la agonía del empresario. Las confesiones de Sande permitieron en el pasado hallar la vivienda del cautiverio en Lyon, corroborada por otras pruebas, y ubicaron en el lugar a los dos grapos condenados por la retención. Dos semanas después del secuestro, que se produjo el 27 de junio de 1995 , Cordón murió por las heridas.

La familia asegura que el testimonio de Sande debe asumirse en su integridad, no por partes. El letrado critica que los tribunales den por buenas sus palabras para apreciar secuestro y para incriminar a Teijelo y Gómez , pero no para aceptar que los Grapo dejaron morir al empresario, como confesó. «Una absolución desmesurada, si las declaraciones comprobadas han sido validas como prueba de cargo para condenar por el delito de secuestro, son igualmente válidas para la condena por homicidio», dice el recurso. La familia pide por ello una condena por homicidio en comisión por omisión. «Muere durante su cautiverio, por una acción clara, concreta y directa de sus captores», argumenta el recurso, que todavía no ha sido admitido a trámite por los magistrados del Tribunal Constitucional.

La ausencia del cuerpo

Los jueces siempre han rechazado el homicidio por la ausencia del cuerpo («sin un elemento objetivo que corrobore su testimonio»), aunque en 2012 se declaró oficialmente el fallecimiento de Cordón. El relato de Sande, aceptado para sacar otras conclusiones, coincide según los tribunales con el testimonio de otra terrorista y sus confesiones han sido contrastadas por otros elementos probatorios. El recurso recuerda que Miguel Carcaño fue condenado por asesinar a Marta del Castillo a pesar de que su cuerpo nunca apareció.

El abogado considera lesionados el derecho de defensa y la tutela judicial efectiva , los escudos que garantizan un acceso justo a los tribunales, sin abusos. «Veinte años esperando Justicia sobre la muerte del esposo y padre para que ahora en base a un documentaloide se vean frustradas todas las expectativas».

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