La causa contra Trapero se debilita al no hallarse pruebas de espionaje

Un juez descarta que los informes que iban a quemar los Mossos tuvieran fines políticos

La Policía Nacional incautó el 26 de octubre de 2017 documentación que los Mossos iban a incinerar Pep Dalmau

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Un día antes de que el Parlamento catalán declarase -por segunda vez- la independencia, es decir, el 26 de octubre de 2017, la Policía Nacional retuvo a un equipo de los Mossos d’Esquadra que pretendía quemar numerosa documentación en una incineradora de Sant Adrià del Besòs. Entre los documentos que se iban a reducir a cenizas había informes sobre entidades constitucionalistas, sindicatos policiales y periodistas, lo que sugería que los Mossos podrían haberse estado dedicando a labores de espionaje político a personas y organizaciones contrarias a la independencia. Ahora, un juez lo ha descartado totalmente.

El alcance de este auto podría ser mayor que el simple archivo de la causa de la incineradora. El no haberse hallado en esa voluminosa documentación rastro alguno de que la cúpula de los Mossos estuviese actuando en connivencia con el Govern secesionista de Puigdemont puede tener repercusión directa en el próximo juicio -aún sin fecha- en el que la Audiencia Nacional juzgará por sedición al mayor Josep Lluís Trapero y a otros dos responsables del cuerpo policial. Las conclusiones del episodio de la incineradora no neutralizan, ni mucho menos, los cargos por sedición contra la excúpula de los Mossos -encausados por inacción tanto durante la manifestación ante la Consejería de Economía del 20-S como el 1-O- pero sí que debilitan una de las patas en las que se sustentan las acusaciones . Es decir, pierde fuelle la tesis de que los Mossos actuaban como una simple marioneta al servicio de la causa secesionista.

Y es que tras el análisis de toda la documentación salvada de la quema en Sant Adrià, el titular del Juzgado de Instrucción 22 de Barcelona, Juan Emilio Vilá Mayo , no ha encontrado pruebas de que esas informaciones hubieran sido usadas con «fines políticos».

No hay acceso a ficheros secretos

El magistrado da plena credibilidad a las explicaciones de los responsables de los Mossos sobre el carácter de esas investigaciones. Esto es, que la comisaría de información de los Mossos había recabado datos de personas que por su «significación sociopolítica» podrían ser «partícipes o víctimas» en incidentes de orden público en un momento «especialmente vulnerable» como fue el último trimestre de 2017. En definitiva, para el juez no puede concluirse que estas pesquisas policiales «no estuvieran guiadas por el propósito de salvaguardar el interés público». Pero es que además -siempre según su auto, hecho público ayer- toda esa información que los Mossos pretendían quemar se obtuvo «con medios legales» . No hay entre los informes rastros de teléfonos intervenidos, accesos a ficheros secretos o entradas a domicilios, sino que los datos recopilados eran de carácter abierto. Es verdad -argumenta el juez- que parte de esta información supuso una afectación a la intimidad de los afectados, pero considera que estaba justificado.

Sin embargo, las conclusiones del magistrado no convencen a los afectados. Representados por el abogado José María Fuster-Fabra, una veintena de afectados han pedido reabrir la causa pues creen quese violaron sus derechos sin que hubiese un fin legítimo para hacerlo. Permitir este tipo de pesquisas daría «carta blanca» a repetir seguimientos a constitucionalistas, argumentan en su recurso.

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