El TC avala que el artículo 155 fue necesario para impedir el propósito de «quebrar el Estado»

El tribunal garante acota la aplicación del 155 a situaciones «extraordinarias», como el «procés» de 2017

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A partir de ahora, ya existe una guía para aplicar el artículo 155 de la Constitución , un mecanismo «excepcional y temporal» para frenar a una comunidad autónoma que atenta contra el interés general de toda España o que se salta sus obligaciones legales.

Ya no será terreno inexplorado: el Tribunal Constitucional ha fijado los límites y el alcance de esta actuación, al definirlo como un «instrumento extraordinario», al que solo se puede acudir en «circunstancias especialmente críticas», con el fin de revertirlas.

A la vez, el tribunal garante de la Constitución ha avalado sin reparos que el Gobierno de Mariano Rajoy acudiese a esta receta para parar los pies al secesionismo catalán en su desafío de 2017. Con esa reflexión, el TC da medida de la gravedad del plan secesionista ilegal, al considerarlo una crisis de la entidad suficiente para merecer la aplicación de este mecanismo. Acudir al 155 fue necesario para evitar «el último propósito de quebrar el Estado».

«Ante la evidencia de un gobierno que ha provocado una grave crisis constitucional, con la proclamación de una “república catalana” (ficticia en derecho, pero afirmada y propugnada de facto) mediante la que se pretendía quebrar la unidad de la Nación española, no pueden tacharse de excesivas las medidas autorizadas por el Senado», asegura la sentencia.

El pleno del Constitucional se esfuerza en explicar la gravedad de las actuaciones de las antiguos autoridades catalanas, doce de los cuales han sido juzgados por el Tribunal Supremo por los delitos de rebelión, sedición, malversación y desobediencia .

Al poner en marcha las medidas «se trató de medidas con las que el Senado hubo de salir al paso, en defensa de la Constitución y del Estatuto de Autonomía, de la arbitrariedad desplegada, con desprecio de toda norma que no sirviera a su propósito, por el gobierno autonómico, socavando su propio fundamento constitucional y estatutario (arts. 1 y 2.4 EAC), sustrayéndose de toda vinculación a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Su cese se acordó para restaurar el orden constitucional así comprometido.

La ponente de una de las dos sentencias es la vicepresidenta del TC Encarnación Roca , una jurista catalana de prestigio, cuya llegada al Tribunal Constitución fue apoyada en 2012 precisamente por la antigua Convergència. Aquel año comenzó la huida hacia delante del último desafío del secesionismo catalán, capitaneado entonces por el inhabilitado Artur Mas.

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