El juez José Ricardo de Prada
El juez José Ricardo de Prada - EFE

La Audiencia Nacional rechaza apartar al juez De Prada de dos causas contra ETA

La Fiscalía apoyó su recusación al considerar que tiene prejuicios que le impiden ser imparcial para juzgar a la banda

Madrid Actualizado: Guardar
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La Audiencia Nacional ha rechazado este viernes apartar al juez José Ricardo de Prada de dos causas contra ETA. El pleno de la Sala de lo Penal se ha reunido para debatir la recusación presentada contra él en el juicio por el intento de asesinato del concejal de UPN Miguel Ángel Ruiz Langarica y en el último proceso contra la cúpula de Batasuna, acusada de pertenencia a ETA.

En esta segunda causa, la decisión ha sido muy discutida: nueve magistrados han votado en contra de la recusación, mientras que ocho eran partidarios de apartarle del tribunal, según han informado fuentes jurídicas. Diecisiete magistrados de la Sala de lo Penal han estado presentes en el debate y la votación.

En el proceso sobre el intento de asesinato de Ruiz Langarica, todos los magistrados han rechazado la recusación por unanimidad.

La argumentación ha sido que la petición de apartarle era «extemporánea» porque los jueces del tribunal ya habían deliberado sobre el asunto tras celebrarse el juicio.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional apoyó que se aparte al magistrado en ambos casos al considerar que tiene prejuicios sobre algunas cuestiones en juego, lo que le impide mantener la apariencia de imparcialidad necesaria para juzgar. El Ministerio Público argumenta que De Prada se formó ideas previas, sustentadas en razones no jurídicas, sobre aspectos enjuiciados en las causas.

A esa conclusión llegó la Fiscalía tras valorar los comentarios que expresó De Prada en un coloquio en Tolosa (Guipúzcoa), en el que debatió con el abogado de etarras Íñigo Iruin. El magistrado criticó entonces la respuesta ante el terrorismo de los tribunales, a los que acusó de vulnerar los derechos fundamentales, y aseguró que se había condenado por terrorismo a personas que no lo eran, en una clara alusión a las organizaciones del llamado entorno de ETA.

Estos comentarios, publicados por el diario Gara y recogidos por ABC, provocaron las recusaciones. La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y la defensa de Ruiz Langarica recusaron al magistrado por utilizar un lenguaje similar al de los reos de ETA, «expresiones que comprometen seriamente su imparcialidad».

El Ministerio Público comparte la petición de las víctimas y señala las expresiones comprometedores de De Prada. La Fiscalía apunta que el juez cuestionó la validez en una vista de los informes policiales, que son precisamente una de las pruebas decisivas para demostrar que el etarra Jorge Oláiz trató de asesinar al concejal Ruiz Langarica en el año 2000. Dos agentes, uno de la Guardia Civil y otro de la Policía Nacional, declararon por dicho informe.

Otra de las reflexiones del magistrado afecta de lleno a la otra causa. De Prada expresó que los tribunales españoles han aplicado tipos penales que castigan el terrorismo a personas que no lo eran, en una especie de estrategia para acabar con este fenómeno. Muchas personas del llamado entorno de ETA han sido condenadas por colaboración o integración en organización terrorista al considerar probado los jueces que actuaron bajo órdenes de la banda.

En la segunda causa en la que ha sido recusado, la Audiencia Nacional juzga a Jean Claude Aguerre y Xavier Phillipe Larralde, dos antiguos dirigentes abertzales, por el intento de dar continuidad a la ilegalizada Batasuna en las siglas políticas de Acción Nacionalista Vasca (ANV) y Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV). La Fiscalía considera que los líderes abertzales siguieron en dicho cometido las órdenes de ETA, en cuya estructura se integraron.

La Fiscalía concluye que esta supuesta pérdida de apariencia de imparcialidad afecta al derecho fundamental a un proceso con todas las garantías, una de cuyas vertientes es el derecho a un juez imparcial, uno de los pilares de cualquier proceso penal. La libertad de expresión del juez, que también aseguró que en España la tortura se había producido de forma «clara», está limitada por todo ello.

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