Ley de Contratos del Sector Público

¿Qué hacemos con la plantilla masculina?

Empresas critican que en contratos públicos se puntúen criterios como los planes de igualdad

Ignacio de Mora, presidente de Asica, y Ana Chocano Román, presidenta de Ceacop Juan Flores

E. Freire

Dos patronales que representan a un tejido profesional muy cualificado de Andalucía, el de los ingenieros, consultores de obras y pymes constructoras, han comparecido esta mañana de forma conjunta para denunciar «los incumplimientos» que se están produciendo en la aplicación de la nueva Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) por parte de distintas administraciones y empresas públicas.

Se trata de Ceacop (el Círculo de Empresas Andaluzas para la Construcción, Consultoría y Obra Pública) y Asica (la Asociación Empresarial de Ingenieros Consultores de Andalucía), que aglutinan a casi 300 proveedores de la Administración Pública (250 la primera y 32 la segunda).

Los presidentes de ambas organizaciones, Ana Chocano , en Ceacop, e Ignacio Sánchez de Mora , en Asica, han hecho un balance de los nueve meses pasados desde la entrada en vigor de la citada Ley, en el que han destacado varios problemas: el «colapso de licitaciones» ques e produjo por la entrada en vigor de la nueva norma; que en las adjudicaciones «siga primando el precio en lugar de la relación calidad/ precio»; la « dificultad para la presentación de ofertas de modo electrónico », como exige la Ley, por falta de medios en las administraciones, especialmente los ayuntamientos; y que siga existiendo « competencia desleal con el sector privado » por parte de las emrpesas públicas, a pesar de que la Ley lo limita.

Criterios «incoherentes»

Uno de los aspectos que han destacado se refiere a «los criterios añadidos» de tipo social, medioambiental o ético, que puntúan en los pliegos de los contratos públicos licitados por las administraciones. En este asunto, estos representantes destacan que algunos de ellos «no son coherentes ni tienen ninguna vinculación con el objeto del concurso».

Como ejemplos , han señalado que en algunos contratos públicos se puntúa más a la empresa que tenga un plan de igualdad que implique un reparto equilibrado de los puestos de trabajo que genere.

«¿Qué hacemos con la plantilla masculina? » en casos en los que se tiene que contratar a mujeres para cumplir con este requisito si se quiere obtener más puntuación en el baremo, ha aseverado Ignacio de Mora.

En este sentido, ha puesto como ejemplo el proyecto de ampliación de la Línea 1 del Metro de Sevilla , en el que se pide que el 40% de los técnicos sean mujeres y que el 40% de las horas trabajadas sean realizadas por mujeres.

¿Van a poner un contador de horas en las empresas? Son casos absurdos en los que se invita al juego del mentiroso. Consideramos que la igualdad es positiva, pero que sea coherente con el mundo real y vinculada al objeto del contrato», ha subrayado Ana Chocano.

En este sentido, los portavoces han recriminado a la administración que no cumpla estos criterios que exige a la empresa privada. «¿Por qué las empresas públicas no cumplen los planes de igualdad?», es la pregunta que formulan a los responsables públicos.

Otros ejemplos que han puesto sobre la mesa es un contrato de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía en el que se exige «una jefa de obras mujer», sin detallar su cualificación, o, en otro terreno, la contratación por parte de un ayuntamiento de cinco trabajadores menores de 25 años de la propia localidad donde se realizaba la obra, pese a que no existían en la oficina pública de empleo parados de esa edad para los oficios demandados.

La puntuaciónde que se utilice un coche eléctrico en el proyecto es otro criterio que barema más, y que supone «un sobrecoste para las empresas».

Para cumplir estas exigencias, Asica y Ceacop pide que las baremaciones la calidad puntúa al 80% y el precio, al 20%. En este sentido denuncian, que pese a que la nueva ley prima las ofertas que equilibran ambas cosas, « se siguen adjudicando las obras públicas por precio » y, en algunos casos, «subastando» los contratos, como sucedía con la anterior Ley.

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