DERECHO CONCURSAL

Los concursos de acreedores reúnen en Carmona a 120 jueces, abogados y economistas

La IV Convención Nacional de Derecho Concursal abordará algunos de los problemás a los que se enfrentan estos profesionales

El economista José María Gay de Liébana, a la izquierda, y Jesús Borjabad, vicepresidente de la Asociación de Administradores Concursales BC
María Jesús Pereira

Esta funcionalidad es sólo para registrados

Este jueves comienza en Carmona l a IV Convención de Derecho Procesal, que reúne a más de 120 auditores, jueces de lo Mercantil, economistas y auditores en torno a un tema que durante los años de la crisis ha tenido en jaque a la economía española: los concursos de acreedores. Organizada por Aula Concursal y la Asociación de Administradores Concursales (Apacsa), el congreso abordará problemas y retos a los que se enfrenta la Ley Concursal española, que ya ha cumplido 15 años, y la reforma que ya prepara de la misma el Gobierno central.

Entre los ponentes hay magistrados de juzgados mercantiles de toda España , como Javier Vaquer, Juan Francisco Santana, Rocío Marina Coll, Moisés Guillamón Ruiz, Jorge de la Rúa mnavarro, María José Fernández Alcalá, Juan Carlos Pizcao Menéndez, Antonio Fuentes Bujalance, Andrés Sánchez, Nuria Fachal, Bárbara Córdoba, Raquel Iniesta o Víctor Manuel Fernández.

El economista José María Gay de Liébana intervendrá con una conferencia sobre «Por qué fracasan las empresas? Síntomas y causas». Además, en este congreso se abordarán, entre otros asuntos, cuestiones como problemas de la administración concursal con entidades financieras, gestoras de coopertivas, sociedades municipales; la retribución de los administradores concursales, la liquidación societaria, el patrimoniol conyugal en los concursos de acreedores, la impugnación de las listas de acreedores , la rendición de cuentas, la llamada «segunda oportunidad» o la seperación y exclusión de socios.

Transmisión de la unidad productiva

Jesús Borjabad, vicepresidente de la Asociación de Administradores Concursales , señala que entre los retos a los que ahora se enfrentan jueces mercantiles y administradores concursales «está la transmisión de la unidad productiva cuando hay créditos públicos, ya sea con la Agencia Estatal Tributaria o la Tesorería de la Seguridad Social. Esos acreedores tienen preferencia sobre el resto de los créditos, lo que dificulta la adjudicación de las unidades productivas a inversores y, con ello, la salvación de la empresa y de muchos puestos de trabajo. En países como México, los créditos públicos van al final para facilitar que los inversores puedan entrar en las compañías para reflotarlas».

Otro tema que será motivo de debate en esta convención serán las retribuciones de los administradores concursales, «honorarios que van en función del activo y del pasivo de la empresa, pero -dice Borjabad- hay entre un 55 y un 70% de los concursos en los que no se cobra el 100% de los honorarios porque no hay liquidez, ya que están por delante en el cobro los trabajadores y los créditos públicos».

Además, indica que «s i el concurso tiene una duración media de 4 a 6 años, el administrador concursal está a veces trabajando a tiempo completo durante ese periódo sin cobrar , encontrándose con ERE, ventas de unidades productivas y valoración de las ofertas de operadores interesados... Los administradores concursales deberían ser considerados operadores independientes, con unos honorarios asegurados. El proyecto de Ley que se prepara contemplaba en el caso de cobros fallidos un fondo que se iba a nutrir con un porcentaje que cada administrador concursal pagaba a un fondo, lo cual es una barbaridad».

Elección de los administradores concursales

La elección de administradores concursales por parte de los jueces es un tema que ha generado no pocas polémicas. Algunas fuentes proponen una elección por sorteo de los administradores concursales como solución , mientras que otras entienden que hay concursos de acreedores de gran envergadura que no pueden encargarse a abogados que no están especializados en Derecho Concursal porque ponen en riesgo la viabilidad de la empresa. También puede ocurrir por Ley que si un administrador concursal no acepta un encargo puede ser sancionado o suspendido por el juez durante varios años.

Otro hecho que afectará al Derecho Procesal español es la próxima firma de la Directiva europea sobre reestructuración preventiva y «segunda oportunidad» . Este modelo va a influir en nuestro Derecho Preconcursal o «de reestructuración preventiva», y va a afectar también a otros sectores próximos como el propio Derecho Concursal o el Derecho Societario. «Esa normativa comunitaria que se avecina utiliza dos conceptos básicos, viabilidad económica (u operativa) y viabilidad financiera, para proporcionar soluciones adecuadas a las empresas y discernir así cuales deben continuar en funcionamiento, sometidas a las reglas generales del Derecho común (civil y mercantil) y cuales no pueden continuar en el mercado», señalan los organizadores del congreso, cuyos directores técnicos son los jueves mercantiles de Sevilla Eduardo Gómez, Pedro Márquez y Francisco Carretero.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación