Renta 17-18

¿Debo presentar la declaración si vivo en el extranjero?

Un contribuyente es residente fiscal cuando permanezca más de 183 días del año en territorio español o radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta

EFE

Iván Sáez Fuertes

Si usted trabaja en el extranjero primeramente hay dos cuestiones muy importantes a analizar: la residencia fiscal y si emergen obligaciones tributarias en el país de destino.

Según la normativa española un contribuyente es residente fiscal cuando se dé cualquiera de las circunstancias siguientes:

-Que permanezca más de 183 días del año en territorio español.

-Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.

Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el contribuyente es residente fiscal en España cuando, de acuerdo a los criterios anteriores, el cónyuge y los hijos menores de edad sean residentes fiscales en España.

Por el contrario, será no residente fiscal en España el contribuyente que no cumpla con los requisitos anteriores.

En términos generales, aunque se debe estudiar cada caso en concreto, ser residente fiscal en un país implica tributar en aquél por las rentas mundiales del contribuyente, con independencia de la procedencia de las mismas; y ser no residente fiscal implica tributar solo por rentas de fuente de tal país.

Si de acuerdo a los criterios anteriores usted es residente fiscal en España a pesar de trabajar en el extranjero, deberá tributar en España por el 100% de sus retribuciones, con independencia de que se hayan generado en el extranjero. Eso sí, debería analizarse si se cumplen los requisitos para poder aplicar la exención por trabajos desarrollados en el extranjero, artículo 7.p) de la Ley del IRPF, que permite exceptuar de gravamen en España las rentas del trabajo satisfechas en contraprestación de los trabajos desarrollados en el extranjero en beneficio de una entidad no residente, hasta 60.100 € anuales; o la exceptuación de dietas de locomoción, manutención y estancia para desplazamientos inferiores a 9 meses, o el régimen de excesos si es superior.

Por su parte, el país en el que desarrolla sus trabajos podrá exigir de acuerdo a su normativa interna el pago de impuestos, lo que podría generar una doble imposición internacional si en España estamos tributando por el 100% de los rendimientos. Si España tiene un convenio de doble imposición internacional suscrito con el otro país, la doble imposición internacional podrá eliminarse en primer nivel, esto es, exención de las retribuciones en el país de no residencia fiscal; o en segundo nivel, donde generalmente el país de residencia fiscal, España en este caso, permitirá deducir el impuesto satisfecho en el extranjero o en su caso el impuesto español equivalente.

No obstante, este último mecanismo deberá ser aplicado en la declaración del IRPF, por lo que la doble imposición internacional no se eliminará hasta presentar, el año siguiente, la declaración.

Por su parte, aunque se hayan pagado retenciones en el extranjero, es probable que usted deba presentar también declaración en el país donde desarrolla sus trabajos.

Iván Sáez Fuertes, Director del departamento People Advisory Services de EY, responde a las principales cuestiones a tener en cuenta en su declaración del IRPF 2017

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