Obligados a declarar rentas de hasta 22.000 euros

El límite es de 12.000 euros anuales para rendimientos de más de un pagador

La declaración de podrá confirmar con un solo clic a través del móvil ABC
Javier Tahiri

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¿Cuándo hay que declarar?

En principio no están obligados a declarar las rentas del trabajo hasta 22.000 euros anuales. Este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador. Entonces, el límite es de 12.000 euros anuales. Por ejemplo, tendrá que declarar una empleada de hogar en casas particulares con rendimientos del trabajo de 12.200 euros.

¿Y de otras rentas?

Ambos topes rigen si el contribuyente cuenta con dividendos intereses o ganancias patrimoniales con un límite de 1.600 euros. O de rentas inmobiliarias, de letras del Tesoro y subvenciones para la compra de viviendas de protección oficial con el límite conjunto de mil euros. Tampoco están obligados a declarar los contribuyentes que cuenten con rentas del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras) de hasta mil euros, o pérdidas patrimoniales de menos de 500 euros.

¿Hay deducciones para inquilinos?

Sí. La deducción estatal del 10% se mantiene si su base imponible es inferior a 24.107,2 euros para contratos anteriores a 2015. Además, todas las regiones salvo Murcia, La Rioja y Baleares tienen deducciones con distintos requisitos.

¿Cómo obtengo el número de referencia?

Para obtener el número de referencia podrá conseguirlo mediante el servicio REN0 en la página de la Agencia con el NIF o con la casilla 450 de la Renta 2016, sin puntos. A los nuevos declarantes, en lugar de la casilla 450 se les solicitará determinados dígitos del código de una cuenta bancaria. También se podrá solicitar el número de referencia por teléfono, en el 901 200 345, o en el 91 535 68 13.

¿Dónde se presenta?

Todos los contribuyentes la podrán presentar en la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es). Según el caso en oficina desde el 10 de mayo, o por el móvil a través de la aplicación, por teléfono de 9 a 21 horas en el anterior número o a través del plan «Le Llamamos», en cajeros automáticos y por banca electrónica y telefónica.

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