Fábrica de Seat en Martorell
Fábrica de Seat en Martorell - REUTERS

El Gobierno suspende el procedimiento sancionador a Seat al haber actuaciones judiciales en curso

Industria ha decidido dar marcha atrás en su reclamación a la empresa por las emisiones contaminantes de óxidos de nitrógeno en sus vehículos

Madrid Actualizado: Guardar
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El Consejo de Ministros ha decidido suspender el procedimiento sancionador incoado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo a Seat al existir actuaciones judiciales en curso por los mismos hechos.

El expediente, abierto por la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, se debe a «la instalación en sistema de control del motor de un software que detecta cuándo el vehículo se encuentra en las condiciones de ensayo de homologación, reduciendo en estos casos sus emisiones contaminantes de óxidos de nitrógeno».

Estas circunstancias pueden ser constitutivos de una infracción muy grave tipificada en la Ley de Industria, según la consideración de la Dirección General encargada de la apertura del expediente.

Sin embargo, el Gobierno ha decidido suspender el procedimiento sancionador porque «existen actuaciones judiciales en curso por los mismos hechos y la jurisdicción penal prevalece sobre la administrativa».

El 11 de julio, Industria decidió incoar un expediente administrativo sancionador a Seat como presunta responsable de la infracción muy grave al haber incumplido la obligación de satisfacer los requisitos reglamentarios aplicables para la homologación en materia de emisiones.

Conforme al artículo 38.1 de la Ley de Industria, la competencia para imponer sanciones muy graves le corresponde al Consejo de Ministros, por lo que es este mismo órgano el competente para acordar la suspensión del procedimiento sancionador.

A la luz de la información facilitada por la empresa en sus alegaciones, y por los requerimientos de información formulados al Ministerio, se ha constatado que existe «identidad subjetiva y objetiva entre los hechos que son objeto del procedimiento sancionador y los de las diligencias previas que sigue la Audiencia Nacional».

Por este motivo, el Gobierno ha acordado «suspender el procedimiento sancionador por la prevalencia de la jurisdicción penal sobre la administrativa (artículo 30.4 de la Ley de Industria)».

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