La banca deberá abrir una cuenta básica con comisiones razonables a personas en riesgo de exclusión

El Gobierno transpone una directiva que obliga a los comparadores de productos a desvelar quién los financia

Las cuentas deben ofrecer servicios sencillos como domiciliaciones y el uso de tarjetas de débito ROBER SOLSONA
Moncho Veloso

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Más exigencias comerciales y de transparencia para la banca. El Consejo de Ministros, para cumplir con la transposición de una directiva europea, ha aprobado este viernes un decreto que consagra el derecho universal de acceso a una cuenta bancaria básica. En la práctica esto supone que las entidades financieras estarán obligadas a abrir a aquellos clientes en riesgo de exclusión que los soliciten una cuenta a la vista con las operación básicas —domiciliación de nómina y recibos, transferencias— y una tarjeta de débito . Además, las comisiones que le puedan cobrar por ello serán razonables ; es más, el Ministerio de Economía fijará un tope máximo.

«Son servicios básicos y está destinada a coletivos muy vulnerables, es una medida de inclusión financiera», explican desde el departamento dirigido por Luis de Guindos, que en todo caso señalan que en España la posibilidad de exclusión financiera es reducida debido al alto grado de bancarización.

Los bancos, en todo caso, podrán denegar el acceso a esas cuentas de pago básicas en casos determinados. Por ejemplo, si el cliente presenta riesgos de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, si su apertura es contraria a los intereses de la seguridad nacional o de orden público y cuando el solicitante ya sea titular de una cuenta que permita realizar los mismos servicios.

El Ministerio de Economía fijará en las próximas semanas, a través de una orden ministerial, las comisiones máximas asociadas a esa cuenta básica que podrán cobrar los bancos. En todo caso, desde el Ejecutivo explican que se determinarán en función de variables como la renta nacional y tomando como referencia las tasas medias actuales del mercado.

Comparadores «online» independientes

La transparencia en las comisiones por las cuentas a la vista es un aspecto destacado de este real decreto-ley de Cuentas de Pago Básicas. De hecho, la norma obliga a las entidades a remitir de forma anual a sus clientes una hoja en la que le explique las comisiones que le ha cobrado a lo largo del ejercicio. El Banco de España, que velará por el cumplimiento de esta normativa, creará además un comparador de esas comisiones por servicios de pago.

En este sentido, el decreto mete también mano a los comparadores privados y normalmente web que sirven para comparar las condiciones de las cuentas de distintas entidades y que hasta ahora no estaban sujetos a ningún marco legal de autorización y supervisión. Entre las novedades, además de pasar a estar vigilados por el Banco de España, es que tendrán que informar claramente al usuario de quién es su propietario en ocasiones lo son bancos y aseguradoras — con el fin de reforzar su independencia.

La aprobación de este real decreto es algo que urgía porque, debido al parón político del año pasado, el Gobierno acumulaba doce meses de retraso en la transposición de la directiva y España corría el riesgo de que la Comisión Europea impusiese una multa por esa demora. Por igual motivo el Consejo de Ministros ha dado hoy luz verde al decreto en Materia de Divulgación de Información no Financiera. Este obliga a empresas de un tamaño significativo a adjuntar en su informe de gestión anual un documento con cuestiones no financieras en el que informen de cuestiones como sus políticas aspectos sociales, de diversidad en el consejo de adminsitración, medioambientales, de respeto a los derechos humanos y de lucha contra la corrupción y el soborno.

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